GODTIER SpA
Instrumento
- Fecha
- 26 de abril de 2022
- Notario
- MARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN
- Oficio
- 27° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $386.646.765 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Notario Público Titular de la 27° Notaría de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco 0153, Providencia, Santiago, certifico: Por escritura pública de 26 de abril de 2022, ante mí, Javier Andrés Ojeda Muñoz, redujo acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad “GODTIER SpA”, inscrito a fjs. 94780, Nro. 48665 del R. de Comercio del CBR Santiago de 2022, en virtud de la cual, entre otras materias no extractables, se acordó aumentar el capital de la sociedad desde la suma de $500.000 divididos en 1.000.000 de acciones nominativas, y sin valor nominal, en la cantidad de $386.646.765, a través de la emisión de 627.603 acciones ordinarias, a los valores mínimos de colocación establecidos en la escritura. En virtud de lo anterior, se reformaron los artículos “ARTÍCULO QUINTO” y “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO”, reemplazándose por los siguientes: “Artículo Quinto: El capital de la sociedad será la suma de $387.646.765, divididos en 1.627.603 acciones nominativas, y sin valor nominal, que se suscriben, enteran y pagan de la manera señalada en las disposiciones transitorias del presente estatuto social. Tanto el capital inicial como los aumentos de capital podrán pagarse en dinero efectivo o con otros bienes. La valoración se estos aportes se fijará de la manera en que se acuerde con ocasión de cada aumento. En silencio o a falta de acuerdo deberán pagarse en dinero en efectivo. La sociedad podrá adquirir y poseer acciones de propia emisión, e incluso emitir acciones de una misma serie a distintos valores. Las acciones de propia emisión que se encuentren en dominio de la Sociedad, no se computarán para la constitución del quórum en las juntas de accionistas o aprobar modificaciones del estatuto social, y no tendrán derecho a voto, dividendo o preferencia en la suscripción de los aumentos de capital. Salvo disposición en contrario en estos estatutos, las acciones de propia emisión adquiridas por la Sociedad deberán enajenarse dentro del plazo de 10 años contados desde su adquisición. Si dentro del plazo establecido las acciones no se enajenan, el capital quedará reducido de pleno derecho al monto que corresponde de excluir aquellas acciones de propia emisión en poder de la sociedad, las que se eliminarán del registro de accionistas.”; “Artículo Primero Transitorio: El capital de la sociedad es la suma de $387.646.765, divididos en 1.627.603 acciones nominativas, y sin valor nominal, las cuales se enteran de la siguiente manera: a) Con la cantidad de $500.000 divididos en 1.000.000 de acciones ordinarias, nominativas y sin valor nominal, ya suscritas y pagadas; b) Con $108.640.777, equivalentes a 162.760 acciones ordinarias, nominativas, y sin valor nominal, a suscribir dentro de 1 año contado desde la junta; c) Con $277.366.668 divididos en 350.911 acciones ordinarias, nominativas y sin valor nominal, a suscribir y pagar dentro de1 año contado desde la junta; d) Con $1.139.320, divididos en 113.932 acciones nominativas, y sin valor nominal, destinadas a planes de compensación, a suscribirse y pagarse dentro de 10 años contados desde la junta.”. Demás reformas y acuerdos constan en escritura extractada. Santiago, 25 de mayo de 2022.