COMERCIAL VALLE QUEPILCHO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 14 de julio de 2020
- Notario
- GLORIA ISABEL ORDOÑEZ CORTES
- Oficio
- Interina de la Séptima Notaría de Valparaíso
- Comuna
- Valparaíso
Sociedad
- Capital
- $80.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGLORIA ISABEL ORDOÑEZ CORTES, Abogada, Notario Público Interina de la Séptima Notaría de Valparaíso, con oficio en calle Blanco N° 854, Valparaíso, certifico: Por escritura pública hoy, ante mí, anotada en el Repertorio con el Nº 413 / 2022, CRISTIAN LEONARDO SEPÚLVEDA AREVALO, cédula de identidad N° 10.610.147-7, domiciliado en Viento Sur N° 30, Villa Alemana, de paso en ésta y SALVADOR ENRIQUE ORDOÑEZ PÉREZ, cédula de identidad Nº 10.323.327-5, domiciliado en calle Carampangue N° 30, Valparaíso, modificaron la sociedad de responsabilidad Limitada “COMERCIAL VALLE QUEPILCHO LIMITADA”, R.U.T. 77.209.336-5, capital: $80.000.000, constituida por escritura pública de fecha 14 de julio de 2020, otorgada ante el Notario de Valparaíso, don Alejandro Sepúlveda Valenzuela, cuyo extracto se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso, a fojas 543 vuelta, número 321, año 2020, y se publicó en el Diario Oficial de la República de Chile, edición de fecha 30 de julio de 2020, solo en cuanto: a) SALVADOR ENRIQUE ORDOÑEZ PÉREZ, es titular del 98,3 % de los derechos sociales y CRISTIAN LEONARDO SEPÚLVEDA ARÉVALO, es titular del 1,7% de los derechos sociales. Don SALVADOR ENRIQUE ORDOÑEZ PÉREZ vende, cede y transfiere a don CRISTIAN LEONARDO SEPÚLVEDA ARÉVALO, quien compra, acepta y adquiere para sí, el 48,3% de sus derechos sociales que posee en la sociedad “COMERCIAL VALLE QUEPILCHO LIMITADA”, en la suma de $38.641.563, pagados contado y efectivo. En virtud de la cesión de derechos antes señalada queda el socio SALVADOR ENRIQUE ORDOÑEZ PÉREZ, con un 50% del capital social y CRISTIAN LEONARDO SEPÚLVEDA ARÉVALO, con el restante 50% del capital social, y b) A contar de esta fecha la administración y el uso de la razón social corresponderá a ambos socios en forma conjunta o separada indistintamente. En lo no modificado rige pacto social constituyente y sus modificaciones. Valparaíso, 23 de Mayo de 2022.