Instrumento
- Fecha
- 1 de junio de 2022
- Notario
- ALVARO GONZALEZ SALINAS
- Oficio
- Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $3.000 CLP
Administración
La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a don OSCAR PATRICIO SEPÚLVEDA TAPIA y a don PEDRO DELANO RUIZ quiénes tendrán las más amplias facultades de administración y disposición de bienes que el artículo cuarenta de la Ley dieciocho mil cuarenta y seis otorga al Directorio de una sociedad anónima y las ejercerán personalmente y anteponiendo sus firmas a la razón social representando a la sociedad; con la limitación que cuando se trate de cualquier acto, contrato o gestión de todo tipo, en el marco de las facultades o que puedan comprometer patrimonialmente a la sociedad en más de cien unidades de fomento, durante el año calendario, deberán los administradores actuar siempre conjuntamente
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALVARO GONZALEZ SALINAS, Abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas N° 1070, piso 2, certifico: por escritura pública 01 Junio 2022, ante mí, don OSCAR PATRICIO SEPULVEDA TAPIA, y don PEDRO DELANO RUIZ, constituyen Sociedad Por Acciones.- La sociedad girará bajo la denominación de “MONTOLIN LAB SpA” cuyo nombre de fantasía será “MONTOLIN LAB SpA”. Son socios los constituyentes antes individualizados. El domicilio legal será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de que pueda abrir agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. El objeto de la sociedad será: El objeto de la sociedad será: Uno) El objeto de la sociedad será la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; Dos) Producción, elaboración, facción por terceros, envasado al por mayor y en tarros, paquetes u otros envases individuales, compraventa, importación y exportación de toda clase de alimentos o de productos que sirven, en la actualidad o sirvan, en el futuro, para el consumo humano, especialmente frutas, verduras, gramíneas, farináceos y productos industriales no naturales, productos cárneos, leche, queso, huevos yogur, quesillo y otros lácteos; productos líquidos, helados y todo otro productos de la tierra, del mar, de los lagos, ríos, mares o del aire, natural o industrial que sirva de alimento, incluyendo conservas, aceites y grasas, vinos, licores, bebidas de toda especie, en polvo, en jarabe o líquidos listos para consumir y toda la gama de panadería, pastelería y dulces; y cualquier otra clase de alimentos que se conocen, en la actualidad o que existan en el futuro, para el hombre y/o los animales y todo lo relacionado con el ramo alimenticio; Tres) El ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y/o particulares, sean estos nacionales o extranjeros; Cuatro) La realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal. Todo lo anterior ya sea por cuenta propia o de terceros, tanto en chile como en el extranjero, como así mismo cualquier otra actividad que él, o los accionistas de común acuerdo determinen. El capital de la sociedad es de $3.000.000 dividido en 3000 acciones, todas nominativas, de igual valor y sin valor nominal que se suscribe, entera y paga de la siguiente forma: Uno) Don OSCAR PATRICIO SEPÚLVEDA TAPIA, suscribe, entera y paga 1500 acciones, mediante el aporte de la cantidad de $1.500.000; Dos) don PEDRO DELANO RUIZ, suscribe, entera y paga 1500 acciones, mediante el aporte de la cantidad de $1.500.000; lo que equivale y corresponde al 100% del patrimonio de la sociedad. De esta forma queda totalmente suscrito y pagado en este acto la totalidad de las acciones emitidas por la Sociedad. ADMINISTRACIÓN: La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a don OSCAR PATRICIO SEPÚLVEDA TAPIA y a don PEDRO DELANO RUIZ quiénes tendrán las más amplias facultades de administración y disposición de bienes que el artículo cuarenta de la Ley dieciocho mil cuarenta y seis otorga al Directorio de una sociedad anónima y las ejercerán personalmente y anteponiendo sus firmas a la razón social representando a la sociedad; con la limitación que cuando se trate de cualquier acto, contrato o gestión de todo tipo, en el marco de las facultades o que puedan comprometer patrimonialmente a la sociedad en más de cien unidades de fomento, durante el año calendario, deberán los administradores actuar siempre conjuntamente.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 10 de Junio de 2022.