CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

MET ONE MULTISERVICIOS SpA

CVE 2143605
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
3 de junio de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
3 de junio de 2022
Repertorio
11870/2022
Notario
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
Trigésima Sexta Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP
Domicilio
Región Metropolitana

Objeto social

a) la construcción de todo tipo de estructuras, cualquiera sean las especificaciones y materiales de ella; b) la prestación de servicios sean estos técnicos, profesionales, de especialidad y cualquiera otro; c) la importación y exportación de todo tipo de bienes muebles, como asimismo la intermediación de cualquier tipo de bienes sean en Chile o en el extranjero; d) cualquier otra actividad que él o los accionistas determinen de común acuerdo

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaria de Santiago, con oficio en La Concepción 65, piso 2, comuna de Providencia, certifico: Por escritura pública de fecha 03 de junio de 2022, Repertorio N° 11.870/2022, ante mí, JOSÉ PATRICIO URBINA INZUNZA, constituyó Sociedad por Acciones, que se regirá en especial, por los estatutos, y en su silencio, por las disposiciones contenidas en los artículos 424 y siguientes del Código de Comercio. Razón Social: MET ONE MULTISERVICIOS SpA. Domicilio: Región Metropolitana, sin perjuicio del establecimiento de sucursales, oficinas o agencias en otros puntos del país o el extranjero. Objeto: a) la construcción de todo tipo de estructuras, cualquiera sean las especificaciones y materiales de ella; b) la prestación de servicios sean estos técnicos, profesionales, de especialidad y cualquiera otro; c) la importación y exportación de todo tipo de bienes muebles, como asimismo la intermediación de cualquier tipo de bienes sean en Chile o en el extranjero; d) cualquier otra actividad que él o los accionistas determinen de común acuerdo. Capital: $10.000.000.- dividido en 10.000.- acciones, iguales, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, las cuales son suscritas y pagadas por el accionista compareciente, a la fecha del acto de constitución. Los accionistas limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 13 de junio de 2022.