Burnett & Burnett Limitada
Instrumento
- Fecha
- 7 de junio de 2022
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
- Oficio
- Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $5.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos número 835, piso 18, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 7 de junio de 2022, Repertorio número 18045-2022, ante mí, doña Katherine Ann Burnett González y don Abelardo Carlos Lubbert Rojas, ambos domiciliado en María Monvel número dos mil cincuenta, casa A, comuna de La Reina, Santiago, únicos y actuales socios de la sociedad Burnett & Burnett Limitada, modificaron la misma en los siguientes términos: A) Se dio cuenta del cambio de nombre del socio Abelardo Carlos Rojas Lubbert, por el nombre Abelardo Carlos Lubbert Rojas, autorizado mediante sentencia definitiva de fecha 20 de noviembre de 2019, dictada por el 14° Juzgado Civil de Santiago. B) Se acordó aumentar el capital social desde la suma de $5.000.000 a la suma de $25.000.000 por medio del aporte efectuado por doña Katherine Ann Burnett González, por la suma de $20.000.000 que pagará en el plazo de 10 años en dinero efectivo a contar de escritura extractada. C) En virtud de lo anterior, se modificó el artículo quinto de los estatutos sociales en el sentido de señalar que el capital de la sociedad es la suma de $25.000.000, que los socios han aportado y parcialmente pagado en las siguientes proporciones: i) doña Katherine Ann Burnett González, con la suma de $22.500.000 de pesos, representativos del 90% de los derechos sociales; y ii) don Abelardo Carlos Lubbert Rojas, con la suma de $2.500.000 de pesos, representativos del 10% de los derechos sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. En todo lo no modificado por la escritura extractada, se mantienen vigentes demás estipulaciones del pacto social, especialmente la limitación de responsabilidad de los socios a sus respectivos aportes. Se facultó portador de extracto para legalización. Santiago, 10 de junio del año 2022.-.