Instrumento
- Fecha
- 2 de junio de 2022
- Notario
- HUMBERTO QUEZADA MORENO
- Oficio
- 26ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $3.000.000 CLP
- Domicilio
- Puerto Varas
- Duración
- Indefinida
Objeto social
Uno) la prestación de toda clase de servicios profesionales de consultoría, asesoría, estudios, planificación, ejecución, evaluación y elaboración de proyectos en todas las áreas de la ingeniería, especialmente en los ámbitos mecánicos, hidráulicos, navales o similares de alta calidad; Dos) la creación, diseño, fabricación, instalación o mantención de maquinaria o productos relacionados con la ingeniería civil mecánica u otras afínes, ya sea para personas naturales o jurídicas que requieran servicios o productos customizado o personalizados; Tres) la compra, venta, importación, exportación, promoción, comercialización y distribución de todo tipo de bienes muebles que se relacionen con el área de la ingeniería, diseño y actividades de recreación y esparcimiento; Cuatro) la inversión en toda clase de bienes muebles o inmuebles, administrarlos y percibir sus frutos y Cinco) la ejecución y desarrollo de cualquier otra actividad o negocio que se relacione directa o indirectamente con el objeto social antes indicados
Administración
la administración y el uso de la razón social, así como la representación judicial y extrajudicial de la misma, corresponderá a don Rodrigo José Irarrázaval Ilabaca quien anteponiendo su firma a la razón social, tendrá los más amplios poderes, en los términos que señala la escritura
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHUMBERTO QUEZADA MORENO, Notario Público, Titular de la 26ª Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo Nº 3196, comuna de Las Condes, certifica: por escritura pública de fecha 02 de Junio de 2022, repertorio Nro. 4.911, ante mí, don RODRIGO JOSÉ IRARRÁZAVAL ILABACA, chileno, soltero, ingeniero civil mecánico, C.I.N° 16.606.204-7, domiciliado para estos efectos en segundo inmueble del Loteo Puerto Varas Norte Parcela 5, calle San Martín sin número, comuna de Puerto Varas, Región de los Lagos, constituyo Sociedad por Acciones. Nombre: DRAKE INGENIERÍA SPA. Objeto: Uno) la prestación de toda clase de servicios profesionales de consultoría, asesoría, estudios, planificación, ejecución, evaluación y elaboración de proyectos en todas las áreas de la ingeniería, especialmente en los ámbitos mecánicos, hidráulicos, navales o similares de alta calidad; Dos) la creación, diseño, fabricación, instalación o mantención de maquinaria o productos relacionados con la ingeniería civil mecánica u otras afínes, ya sea para personas naturales o jurídicas que requieran servicios o productos customizado o personalizados; Tres) la compra, venta, importación, exportación, promoción, comercialización y distribución de todo tipo de bienes muebles que se relacionen con el área de la ingeniería, diseño y actividades de recreación y esparcimiento; Cuatro) la inversión en toda clase de bienes muebles o inmuebles, administrarlos y percibir sus frutos y Cinco) la ejecución y desarrollo de cualquier otra actividad o negocio que se relacione directa o indirectamente con el objeto social antes indicados. Domicilio: Puerto Varas, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer e otros lugares del país o del extranjero.-Duración: Indefinida.-Capital: $3.000.000.-, dividido en 3.000.000 acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, de única serie y de igual valor cada una, que se suscribe y paga de la siguiente manera: Rodrigo José Irarrázaval Ilabaca, suscribe 3.000.000 millones de acciones, por la suma de $3.000.000.- El capital social, se entera, en este mismo acto, al contado y en dinero efectivo, y que la sociedad declara recibir a su entera y total satisfacción.- Administración: la administración y el uso de la razón social, así como la representación judicial y extrajudicial de la misma, corresponderá a don Rodrigo José Irarrázaval Ilabaca quien anteponiendo su firma a la razón social, tendrá los más amplios poderes, en los términos que señala la escritura. Demás estipulaciones constan escritura extractada.- Santiago 06 de Junio de 2022. Humberto Quezada Moreno. Notario Público.