Comercial Undubal Limitada
Instrumento
- Fecha
- 20 de mayo de 2022
- Notario
- RICARDO MAURICIO SALGADO SEPULVEDA
- Oficio
- 4° Notaria Talcahuano
- Comuna
- Talcahuano
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRICARDO MAURICIO SALGADO SEPULVEDA, Notario Público 4° Notaria Talcahuano, con domicilio en Autopista Concepción Talcahuano 9000 local 22 Hualpén, certifica: Por escritura pública de fecha 20 de mayo de 2022, ante mí, Pedro Antonio Undurraga Larenas, domiciliado en calle dieciocho de septiembre novecientos noventa y ocho, Chillán y Carmen Gloria Bustos Rojas, por sí y en representación de don Diego Anselmo Undurraga García, domiciliado en calle Curicó número 7, comuna de Santiago centro y doña Magdalena Jesús Marín Bustos, domiciliada en calle Alonso de Sotomayor 291, comuna de Concepción; Modifican: “Comercial Undubal Limitada”, o “Undubal Ltda.”, inscrita Registro de Comercio Santiago a fojas 78.331 N° 54.512 año 2012; publicada D.O. 16-11-2012. Siguientes términos: Uno: Se retira el socio Diego Anselmo Undurraga García, cuyos derechos equivalen al 10% del haber social. El socio saliente vende, cede y transfiere sus acciones, derechos, partes y/o cuotas equivalentes al 10% del haber social a doña Magdalena Jesús Marín Bustos, en la suma total y única de $200.000, paga en este acto en dinero efectivo. Dos: En el mismo acto el socio Pedro Antonio Undurraga Larenas dueño del 90% de las acciones de Undubal Ltda., vende, cede y transfiere parte de su haber en las siguientes proporciones: A) a doña Magdalena Jesús Marín Bustos el 72,2% de su haber, es decir el 64,98% del haber total, en la suma total y única de $1.299.600, pagase en este acto, con dinero efectivo. B) a doña Carmen Gloria Bustos Rojas el 22,3% de su haber, es decir el 20,07% del haber total, en la suma total y única de $401.400, pagase en este acto, con dinero efectivo. Tres: Como consecuencia de las cesiones ya descritas la participación social queda de la siguiente manera: don Pedro Undurraga Larenas con 4.95%, doña Magdalena Jesús Marín Bustos con un 74,98% y doña Carmen Gloria Bustos Rojas. Cuatro: Se modifica la Cláusula quinta del pacto social, la administración, representación y el uso de la razón social corresponderá únicamente a doña Magdalena Jesús Marín Bustos. – Cinco: Se modifica la Cláusula Octava del pacto social, en su primera parte; Las utilidades y las eventuales perdidas se repartirán en la siguiente forma (4,95%) para don Pedro Antonio Undurraga Larenas, (20,07%) para doña Carmen Gloria Bustos Rojas y (74,98%) para doña Magdalena Jesús Marín Bustos. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Hualpén, 08 de junio de 2022.