SOCIEDAD AGRÍCOLA COVARRUBIAS FERNÁNDEZ LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 22 de abril de 2022
- Repertorio
- 4248-2022
- Notario
- ANTONIETA MARINA ROJAS PONTIGO
- Oficio
- Titular de la 48° Notaría de Santiago don ROBERTO ANTONIO CIFUENTES ALLEL
Sociedad
- Capital
- $1.676.807.946 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANTONIETA MARINA ROJAS PONTIGO, Notario Público Suplente del Titular de la 48° Notaría de Santiago don ROBERTO ANTONIO CIFUENTES ALLEL, con oficio en Avenida Apoquindo N°3.076, oficina 601, 6° piso, comuna de Las Condes, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 22 de abril de 2022, ante el suplente don Gustavo Montero Marti, bajo el repertorio N°4248-2022, don Julio Ramón Covarrubias Fernández, domiciliado para estos efectos en calle Agustinas número 1.070, oficina número 446, comuna de Santiago, Región Metropolitana, Inversiones Río Negro Limitada, domiciliada para estos efectos en calle Agustinas número 1.070, oficina número 446, comuna de Santiago, Región Metropolitana, Asesorías e Inversiones Ascanio Limitada, domiciliada para estos efectos en Paseo de la Aguada, 10.318 Lote Seis A, comuna de lo Barnechea, Región Metropolitana, don Juan Alberto Ignacio Covarrubias Fernández, domiciliado para estos efectos en calle El Canal número 8.130, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, doña María Magdalena Covarrubias Fernández, domiciliada para estos efectos en Avenida Apoquindo número 3.001, piso 9, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, don Enrique Manuel Covarrubias Fernández, domiciliado para estos efectos en calle Camino de Las Ermitas número 3.801, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; y, don Gonzalo Samuel Covarrubias Fernández, domiciliado para estos efectos en calle Camino Punta de Águilas 3.981, casa uno, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, acordaron modificar “SOCIEDAD AGRÍCOLA COVARRUBIAS FERNÁNDEZ LIMITADA”, sociedad inscrita a fojas 12.141, número 6.731 en el Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 1981, en el siguiente sentido: (1) Disminuir el capital de la Sociedad de $1.676.807.946.- a $1.671.777.522.-, esto es, en la suma de $5.030.424.-, únicamente respecto al total de participación del socio don Enrique Manuel Covarrubias Fernández; (2) Aprobar el retiro total de la sociedad del socio don Enrique Manuel Covarrubias Fernández; (3) Como consecuencia de los acuerdos adoptados, se acordó reemplazar el artículo Quinto de los estatutos de la sociedad por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: CAPITAL: El capital de la Sociedad es la suma de un mil seiscientos setenta y un millones setecientos setenta y siete mil quinientos veintidós pesos, el cual se encuentra íntegramente enterado en arcas sociales con anterioridad a esta fecha, en la siguiente proporción: a) ASESORÍAS E INVERSIONES ASCANIO LIMITADA, es titular de cero coma tres por ciento de los derechos sociales de la Sociedad, habiendo enterado el monto correspondiente a su participación en arcas sociales con anterioridad a esta fecha; b) Don JULIO RAMÓN COVARRUBIAS FERNÁNDEZ, es titular de cero coma tres por ciento de los derechos sociales de la Sociedad, habiendo enterado el monto correspondiente a su participación en arcas sociales con anterioridad a esta fecha; c) Don JUAN ALBERTO IGNACIO COVARRUBIAS FERNÁNDEZ es titular de cero coma tres por ciento de los derechos sociales de la Sociedad, habiendo enterado el monto correspondiente a su participación en arcas sociales con anterioridad a esta fecha; d) Doña MARÍA MAGDALENA COVARRUBIAS FERNÁNDEZ, es titular de cero coma tres por ciento de los derechos sociales de la Sociedad, habiendo enterado el monto correspondiente a su participación en arcas sociales con anterioridad a esta fecha; e) Don GONZALO SAMUEL COVARRUBIAS FERNÁNDEZ, es titular de cero coma tres por ciento de los derechos sociales de la Sociedad, habiendo enterado el monto correspondiente a su participación en arcas sociales con anterioridad a esta fecha; y, f) INVERSIONES RÍO NEGRO LIMITADA, es titular de noventa y ocho coma cinco por ciento de los derechos sociales de la Sociedad, habiendo enterado el monto correspondiente a su participación en arcas sociales con anterioridad a esta fecha.” Demás estipulaciones y modificaciones constan de escritura extractada. Santiago, 03 de mayo de 2022.