AGRÍCOLA PICHI PICHIL LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 22 de abril de 2022
- Repertorio
- 4247
- Notario
- ANTONIETA MARINA ROJAS PONTIGO
- Oficio
- Titular de la 48° Notaría de Santiago don ROBERTO ANTONIO CIFUENTES ALLEL
Sociedad
- Capital
- $6.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANTONIETA MARINA ROJAS PONTIGO, Notario Público Suplente del Titular de la 48° Notaría de Santiago don ROBERTO ANTONIO CIFUENTES ALLEL, con oficio en Avenida Apoquindo N°3.076, oficina 601, 6° piso, comuna de Las Condes, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 22 de abril de 2022, ante el suplente, don Gustavo Montero Marti, bajo el repertorio N°4247, Julio Ramón Covarrubias Fernández, domiciliado para estos efectos en calle Agustinas número mil setenta, oficina número cuatrocientos cuarenta y seis, comuna de Santiago, Región Metropolitana; Juan Alberto Ignacio Covarrubias Fernández, domiciliado para estos efectos en calle El Canal número ocho mil ciento treinta, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; María Magdalena Covarrubias Fernández, domiciliada para estos efectos en Avenida Apoquindo tres mil uno, piso nueve, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; Enrique Manuel Covarrubias Fernández, domiciliado para estos efectos en calle Camino de Las Ermitas tres mil ochocientos uno, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; Gonzalo Samuel Covarrubias Fernández, domiciliado para estos efectos en calle Camino Punta de Águilas tres mil novecientos ochenta y uno, casa uno, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; y, Gustavo Alejandro Covarrubias Fernández, domiciliado para estos efectos en calle Agustinas número mil setenta oficina cuatrocientos cuarenta y seis, comuna y Región Metropolitana, acordaron modificar “AGRÍCOLA PICHI PICHIL LIMITADA”, sociedad inscrita a fojas 65.577, N°38.323 en el Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2015, en el siguiente sentido: (1) Disminuir el capital de la Sociedad de $6.000.000.- a $5.000.000.-, esto es, en la suma de $1.000.000.-, únicamente respecto al total de participación del socio don Enrique Manuel Covarrubias Fernández; (2) Aprobar el retiro total de la sociedad del socio don Enrique Manuel Covarrubias Fernández; (3) Acordar la modificación de la administración, representación y el uso de la razón social, que corresponderá a uno cualquiera de los señores don Julio Covarrubias Fernández, Juan Alberto Covarrubias Fernández, Gustavo Alejandro Covarrubias Fernández, María Magdalena Covarrubias Fernández, Juan Cristóbal Jaramillo Charles o Gonzalo Samuel Covarrubias Fernández; (4) Como consecuencia de las modificaciones anteriores se sustituye el Artículo Quinto y el Artículo Séptimo de los estatutos de la sociedad. (5) Como consecuencia de la disminución de capital y retiro del socio don Enrique Manuel Covarrubias Fernández, el capital de la Sociedad es la suma de 5.000.000 de pesos, el cual se encuentra íntegramente enterado en arcas sociales con anterioridad a esta fecha, en la siguiente proporción: a) Don JULIO RAMÓN COVARRUBIAS FERNÁNDEZ es titular de un 20 por ciento de los derechos sociales de la Sociedad, habiendo enterado el monto correspondiente su participación en arcas sociales con anterioridad a esta fecha; b) Don JUAN ALBERTO IGNACIO COVARRUBIAS FERNÁNDEZ, es titular de un 20 por ciento de los derechos sociales de la Sociedad, habiendo enterado el monto correspondiente su participación en arcas sociales con anterioridad a esta fecha; c) Doña MARÍA MAGDALENA COVARRUBIAS FERNÁNDEZ, es titular de un 20 por ciento de los derechos sociales de la Sociedad, habiendo enterado el monto correspondiente su participación en arcas sociales con anterioridad a esta fecha; d) Don GONZALO SAMUEL COVARRUBIAS FERNÁNDEZ, es titular de un 20 por ciento de los derechos sociales de la Sociedad, habiendo enterado el monto correspondiente su participación en arcas sociales con anterioridad a esta fecha; y e) Don GUSTAVO ALEJANDRO COVARRUBIAS FERNÁNDEZ, es titular de un 20 por ciento de los derechos sociales de la Sociedad, habiendo enterado el monto correspondiente su participación en arcas sociales con anterioridad a esta fecha. Todos los aportes se encuentran íntegramente pagados y enterados. Demás estipulaciones y modificaciones constan de escritura extractada. Santiago, 03 de mayo de 2022.