Sociedad La Vie En Liberté SpA
Instrumento
- Fecha
- 30 de junio de 2021
- Repertorio
- 16819-2021
- Comuna
- Viña del Mar
Sociedad
- Capital
- $400.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCO JAVIER FUENZALIDA RODRIGUEZ, abogado Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Viña del Mar, con domicilio en calle Arlegui número trescientos treinta y tres, local ciento once, Certifica: Por escritura hoy ante mí: mí, doña CAMILA ESTHER RUIZ ANCATRIPAI, empresaria, domiciliada en domiciliada en Los Zorzales, N° 840, comuna Quilpué, Región Valparaíso; don PAUL PATRICIO ROJAS OJEDA, Estudiante Ingeniería Civil Informática, domiciliado en Los Zorzales, N° 840, comuna Quilpué, Región Valparaíso; modifican la sociedad “Sociedad La Vie En Liberté SpA”, nombre de fantasía “Akira Chic SpA”, constituida por escritura de fecha 30-06-2021, otorgada en la Notaría de Santiago de don Juan Ricardo San Martín Urrejola, bajo el repertorio N° 16.819-2021, cuyo extracto se inscribió a fojas 50.919 número 23.557 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2021 y se publicó en el Diario Oficial Número 42.993 con fecha 03-07-2021. Venta de Acciones: Doña CAMILA ESTHER RUIZ ANCATRIPAI, vende cede y transfiere a don PAUL PATRICIO ROJAS OJEDA, quien acepta y adquiere para sí, 400 acciones de la Sociedad La Vie En Liberté SpA., persona jurídica del giro que indica de las cuales es dueña doña CAMILA ESTHER RUIZ ANCATRIPAI, equivalentes al 40% del capital social.. Los actuales socios modifican la sociedad “Sociedad La Vie En Liberté SpA”. El precio de la compraventa de acciones es la suma de $400.000.- que se paga por la parte compradora a la parte vendedora en este acto en dinero efectivo, declarando la parte vendedora recibirlo a su entera conformidad y satisfacción. Aumento de Capital. CAMILA ESTHER RUIZ ANCATRIPAI y PAUL PATRICIO ROJAS OJEDA, únicos y actuales accionistas de la sociedad, acuerdan aumentar el capital de la sociedad en $1.000.000 que se realiza por medio de la emisión de 1.000 nuevas acciones sin valor nominal, y que tendrán las mismas características de las ya emitidas por la sociedad. De esta manera, el nuevo capital de la sociedad, luego del aumento, asciende a la suma $2.000.000.-, dividido en 2.000 acciones nominativas sin valor nominal, todas de una misma serie. Modificación en los estatutos. Los accionistas de la sociedad acuerdan modificar el Artículo Quinto del Título Segundo y el Artículo Primero Transitorio de los estatutos sociales, los cuales quedan redactados de la siguiente manera: “TÍTULO SEGUNDO: Del Capital y las acciones.- ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de $2.000.000.- dividido en 2.000 acciones, nominativas sin valor nominal, todas de una misma serie, que se suscriben y pagan en la forma que se indicará en las disposiciones transitorias. Las acciones podrán pagarse en dinero efectivo o en otros bienes. Cada accionista dispondrá de un voto por cada acción que posea o represente, pudiendo en las elecciones que se realicen en las juntas acumular sus votos a favor de una sola persona o distribuirlos en la forma que estime conveniente.”ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la sociedad es la suma de $2.000.000 dividido en 2.000 acciones nominativas, sin valor nominal, todas de una misma serie, de tal manera que cada acción suscrita y debidamente pagada dará derecho a un voto. El capital se suscribe y paga en la forma siguiente: a) CAMILA ESTHER RUIZ ANCATRIPAI, ha suscrito y pagado 1.100 cien acciones, 600 de ellas correspondientes a parte de las acciones en que se encontraba en el capital social y ya pagado en el acto de la constitución y 500 acciones que suscribe y paga en este acto y en dinero efectivo enterando en arcas sociales la suma de $500.000. De esta forma, a doña CAMILA ESTHER RUIZ ANCATRIPAI le corresponde 55% del total de las acciones suscritas y pagadas en la sociedad; y b) PAUL PATRICIO ROJAS OJEDA, ha suscrito y pagado 900 acciones, 400 de ellas correspondientes a parte de las acciones que adquirió por la compraventa realizada a doña CAMILA ESTHER RUIZ ANCATRIPAI, y que se encontraban en el capital social y ya pagado en el acto de la constitución y 500 acciones que suscribe y paga en este acto y en dinero efectivo enterando en arcas sociales la suma de $500.000. De esta forma, a don PAUL PATRICIO ROJAS OJEDA le corresponde 45% del total de las acciones suscritas y pagadas en la sociedad. Total de acciones suscritas y pagadas: dos mil acciones, esto es, el 100% del capital de la sociedad.”. En todo lo no expresamente modificado, se mantiene vigente el pacto social constitutivo. Viña del Mar, a 30 de mayo de 2022.-