SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES URRHAD LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 9 de mayo de 2022
- Notario
- NATALIA RAMIREZ ARANDA
- Domicilio
- Viña del Mar
- Comuna
- Valparaíso
Referencias (1)
- do publicacion DO N° 40463 del 19 de enero de 2013
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalNATALIA RAMIREZ ARANDA, abogado, Notario Público de Viña del Mar, con oficio en 12 Norte número 785, piso 3, Suplente del titular LUIS ENRIQUE FISCHER YAVAR, certifico: Que por escritura pública de fecha 09/05/2022, ante titular, don FERNANDO URRUTIA HERNANDO, factor de comercio, domiciliado en calle 6 norte número 427, departamento 33, comuna de Viña del Mar; doña VICTORIA DEL CARMEN ACEVEDO DESPECCI, profesora, domiciliada en calle domiciliada en calle 6 norte número 427, departamento 33, comuna de Viña del Mar; doña PAULINA YOLANDA URRUTIA ACEVEDO, ingeniero civil bioquímico, domiciliada en Avenida Blanca Estela número 1055, departamento 644, Bosques de Montemar, comuna de Concón; don JOSE LUIS URRUTIA ACEVEDO, factor de comercio, domiciliado en calle Entre Lomas número 110 departamento 1403, comuna de Concón; don FERNANDO MARTIN URRUTIA ACEVEDO, factor de comercio, domiciliado en Avenida Blanca Estela número 1055, departamento 233, Bosques de Montemar, comuna de Concón; y doña VICTORIA ANDREA URRUTIA ACEVEDO, facto de comercio, domiciliada en calle 6 norte número 427, departamento número 72 comuna de Viña del Mar, modificaron SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES URRHAD LIMITADA, constituida por escritura de fecha 14 de enero de 2013, otorgada en la Notaría de Valparaíso, de don Marcos Andrés Díaz León, publicada en Registro de Comercio a cargo del Conservador de Bienes Raíces y Comercio de Villa Alemana del año 2013, la que ha tenido las siguientes modificaciones; a) mediante escritura de modificación social de fecha 18 de enero del año 2018 otorgada ante el notario público del Viña del don Luis Enrique Fischer Yavar, cuyo extracto se inscribió a fojas 24 número 16 en el registro de comercio del Conservador de Bienes Raíces y de Comercio de Villa Alemana del año 2018 y fue publicado en el Diario Oficial en la edición Número 41.975 de fecha 5 de febrero de 2018; b) mediante escritura de modificación social de fecha 14 de marzo del año 2018 otorgada ante el notario público del Viña del don Luis Enrique Fischer Yavar, cuyo extracto se inscribió a fojas 54 número 30 en el registro de comercio del Conservador de Bienes Raíces y de Comercio de Villa Alemana del año 2018 y fue publicado en el Diario Oficial en la edición Número 42.014 de fecha 22 de marzo de 2018; y c) mediante escritura de modificación social de fecha 24 de abril del año 2021 otorgada ante el notario público del Viña del don Luis Enrique Fischer Yavar, cuyo extracto se inscribió a fojas 57 número 34 en el registro de comercio del Conservador de Bienes Raíces y de Comercio de Villa Alemana del año 2021 y fue publicado en el Diario Oficial en la edición Número 42.960 de fecha 24 de mayo de 2021. Las modificaciones consisten: A) COMPRAVENTA DE DERECHOS SOCIALES. - don JOSE LUIS URRUTIA ACEVEDO, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales en la SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES URRHAD LIMITADA, los cuales ascienden a uno coma cero veinticinco por ciento en la referida sociedad, a doña VICTORIA ANDREA URRUTIA ACEVEDO, ya individualizada, quién compra y adquiere para sí los referidos derechos sociales. El precio de la compraventa de derecho sociales asciende a la suma de $8.585.179, los cuales se pagan en el acto y en dinero en efectivo, declarando el vendedor recibirlos en el acto y a su entera conformidad. En conclusión, ambas partes declaran expresamente pagado el precio de la compraventa de derechos sociales, por lo que la vendedora renuncia de forma expresa a las acción resolutoria por la que le hubiere correspondido por el no pago del precio. B) MODIFICACIÓN SOCIAL: Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, los actuales y únicos socios de la sociedad, esto es, don FERNANDO URRUTIA HERNANDO, que a la fecha de la escritura detenta noventa y tres coma ochenta y cinco por ciento de los derechos sociales; doña VICTORIA DEL CARMEN ACEVEDO DESPECCI, que a la fecha de la escritura detenta el dos coma cero cinco por ciento de los derechos sociales; doña PAULINA YOLANDA URRUTIA ACEVEDO, que a la fecha de la escritura detenta el dos coma cero cinco por ciento de los derechos sociales; doña VICTORIA ANDREA URRUTIA ACEVEDO, que a la fecha de la escritura detenta el uno coma cero veinticinco por ciento de los derechos sociales; y don FERNANDO MARTIN URRUTIA ACEVEDO, que a la fecha de la escritura detenta el uno coma cero veinticinco por ciento de los derechos sociales, acuerdan modificar y reemplazar las cláusulas CUARTA, SEXTO y DÉCIMO del acto constitutivo relativa a la administración, porcentaje de los derechos sociales y reparto de las utilizades y pérdidas, reemplazándola por las siguientes: A) CUARTO: ADMINISTRACION Y USO RAZON SOCIAL: La administración y el uso de la razón social corresponderá a doña VICTORIA DEL CARMEN ACEVEDO DESPECCI y en su ausencia o impedimento, lo que no será necesario acreditarlo ante terceros, podrán representar a la sociedad don FERNANDO MARTIN URRUTIA ACEVEDO, doña PAULINA YOLANDA URRUTIA ACEVEDO, y doña VICTORIA ANDREA URRUTIA ACEVEDO, estos tres últimos en forma conjunta de al menos dos de ellos, facultades señaladas en escritura.- B) SEXTO: El porcentaje de los derechos sociales quedará dividido entre los socios de la siguiente manera: a) don FERNANDO URRUTIA HERNANDO, detentará el noventa y tres coma ochenta y cinco por ciento, de los derechos sociales; b) doña VICTORIA DEL CARMEN ACEVEDO DESPECCI, detentará el dos coma cero cinco por ciento de los derechos sociales; c) doña PAULINA YOLANDA URRUTIA ACEVEDO, detentará el dos coma cero cinco por ciento de los derechos sociales; d) don VICTORIA ANDREA URRUTIA ACEVEDO, detentará el uno coma cero veinticinco por ciento de los derechos sociales; y e) don FERNANDO MARTIN URRUTIA ACEVEDO, detentará el uno coma cero veinticinco por ciento de los derechos sociales. Los socios y comparecientes limitan su responsabilidad al monto efectivo de sus respectivos aportes. C) DÉCIMO: Las utilidades y eventuales pérdidas que arroje cada balance se repartirán entre los socios de la siguiente forma: a) don FERNANDO URRUTIA HERNANDO, en un cuarenta por ciento; b) doña VICTORIA DEL CARMEN ACEVEDO DESPECCI, en un veinte por ciento; c) doña PAULINA YOLANDA URRUTIA ACEVEDO, en un veinte por ciento; d) don VICTORIA ANDREA URRUTIA ACEVEDO, en un diez por ciento; y, e) don FERNANDO MARTIN URRUTIA ACEVEDO, en un diez por ciento. Los socios y comparecientes limitan su responsabilidad al monto efectivo de sus respectivos aportes. En lo no modificado se mantiene plenamente vigente las estipulaciones del pacto social constitutivo y sus modificaciones posteriores. Demás estipulaciones escritura extractada. 02 de junio del año 2022.