MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE PESCADORES PARA LA PESCA ARTESANAL Y DESARROLLO DE LA DIVERSIFICACIÓN PRODUCTIVA LIMITADA

RUT 76210264-1 CVE 2140410
Fecha instrumento
6 de junio de 2022
Notaría
Aysén

Instrumento

Fecha
6 de junio de 2022
Notario
CRISTIAN DAVID ALFONSO CALDERÓN AMESTICA
Oficio
Notaría de Aysén
Comuna
Aysén

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CRISTIAN DAVID ALFONSO CALDERÓN AMESTICA, abogado y Notario Público Titular de la Notaría de Aysén, con oficio en calle Bernardo O´Higgins número seiscientos cinco, oficina ciento uno de Puerto Aysén; Certifico: Que por escritura de fecha trece de mayo, anotada en el Libro de Repertorio de Instrumentos Públicos, a mi cargo, bajo el numero cuatrocientos ochenta y uno guion dos mil veintidós, ante mí, JUAN CARLOS MELIAN PAILLAMAN, don OSCAR NIVALDO NANCUL ANDRADE, doña RITA DEL CARMEN PAILLAMAN LLAIPEN, doña MARIA TERESA MELIAN GUENTEO, don JUAN GUILLERMO MELIAN GUENTEO, don DANIEL SEGUNDO MELIAN GUENTEO, y doña JEANNETTE CRISTINA NANCUL PAILLAMAN, todos domiciliados en la ciudad de Puerto Aysén, modificaron la sociedad de responsabilidad limitada “SOCIEDAD DE PESCADORES PARA LA PESCA ARTESANAL Y DESARROLLO DE LA DIVERSIFICACIÓN PRODUCTIVA LIMITADA”, constituida con fecha veintitrés de diciembre de dos mil once, mediante escritura pública otorgada ante don Juan Carlos Barria Alvarado, abogado y Notario Reemplazante de Aysén, bajo el Repertorio número mil ciento veintiocho del año dos mil once, cuyo extracto fue inscrito a fojas ochenta, numero sesenta y cuatro, del Registro de Comercio del Conservador de Comercio de Aysén correspondiente al año dos mil once, y publicado en el Diario Oficial de la República de Chile el veintisiete de diciembre del mismo año, como sigue: A) Agregar al actual articulo NOVENO de los estatutos sociales el siguiente artículo NOVENO BIS: “NOVENO BIS: Se faculta a cualquiera de los socios a vender, ceder y transferir, total o parcialmente su participación social, sin ninguna preferencia, tanto a otros socios como a terceros, en este último caso, siempre y cuando dicha venta o cesión sea aprobada y autorizada en forma unánime por el resto de los socios, bien sea en el mismo instrumento de la cesión o en otro diverso y por escrito, de lo cual se dejará constancia respectiva y se informará al administrador de la sociedad para solicitar las anotaciones marginales respectivas al Conservador de Comercio competente”.- B) Debido al fallecimiento de don Luis Alberto Melian Guenteo, los socios de común acuerdo, designan como administrador de la “SOCIEDAD DE PESCADORES PARA LA PESCA ARTESANAL Y DESARROLLO DE LA DIVERSIFICACION PRODUCTIVA LIMITADA” a don JUAN CARLOS MELIAN PAILLAMAN, a quien le corresponderá el uso de la razón social, quien actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las más amplias facultades, las cuales están señaladas en detalle en la cláusula Quinta de los estatutos sociales. C) Doña María Teresa Melian Guenteo, vende, cede y transfiere a don Juan Carlos Melian Paillamán y a doña Rita del Carmen Paillaman Llaipén, quienes compran, aceptan y adquieren para sí, la totalidad de sus derechos sociales, esto es un dos coma cinco por ciento de participación en dicha sociedad a cada uno de ellos. El precio total de esa cesión es la suma de ciento veinticinco mil pesos, cantidad que las partes cesionarias pagan en este acto por mitades iguales. Don Juan Guillermo Melian Guenteo, vende, cede y transfiere a doña Jeannette Cristina Nancul Paillaman, quien compra, acepta y adquiere para sí, la totalidad de sus derechos sociales, esto es un cinco por ciento de participación en dicha sociedad. El precio de esta cesión es la suma de ciento veinticinco mil pesos. Don Daniel Segundo Melián Guenteo, vende, cede y transfiere a doña Jeannette Cristina Nancul Paillaman quien compra, acepta y adquiere para sí, la totalidad de sus derechos sociales, esto es un cinco por ciento de participación en dicha sociedad. El precio de esta cesión es la suma de ciento veinticinco mil pesos. Don Oscar Nivaldo Nancul Andrade, vende, cede y transfiere a doña Jeannette Cristina Nancul Paillaman quien compra, acepta y adquiere para sí, la totalidad de sus derechos sociales, esto es un veinte por ciento de participación en dicha sociedad. El precio de esta cesión es la suma de quinientos mil pesos. Como consecuencia de las cesiones efectuadas anteriormente, han quedado como únicos socios de “SOCIEDAD DE PESCADORES PARA LA PESCA ARTESANAL Y DESARROLLO DE LA DIVERSIFICACION PRODUCTIVA LIMITADA”, las siguientes personas, con las participaciones que se indican a continuación: (Uno) JUAN CARLOS MELIAN PAILLAMAN con el TREINTA Y CINCO POR CIENTO de participación en los derechos sociales. (Dos) RITA DEL CARMEN PAILLAMAN LLAIPEN con el TREINTA Y CINCO POR CIENTO de participación en los derechos sociales, y (Tres) JEANNETE CRISTINA NANCUL PAILLAMAN con el TREINTA POR CIENTO de participación en los derechos sociales. El capital social se mantiene en la suma de dos millones quinientos mil pesos. En todo lo demás permanecen plenamente vigentes los estatutos sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Puerto Aysén, 06 de junio de 2022.-