CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inversiones El Molino Limitada

CVE 2140420
Capital
$50.000.000 CLP
Fecha instrumento
25 de mayo de 2022
Notaría
Rancagua
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
25 de mayo de 2022
Repertorio
1484/2022
Notario
FERNANDO RAFAEL GALASSI AEDO
Oficio
5ª Notaría de Rancagua
Comuna
Rancagua

Sociedad

Capital
$50.000.000 CLP
Domicilio
Comuna de Doñihue
Duración
Plazo de 10 años que se renueva tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de diez años, en la forma prevista en escritura extractada
Ley aplicable
Ley 3.918

Objeto social

a) La realización de toda clase de inversiones en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, valores, acciones, bonos, debentures; cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; explotarlos, administrarlos, percibir e invertir sus frutos; b) La adquisición, enajenación, inversión, compra, venta, permuta, arrendamiento, subarrendamiento de bienes raíces agrícolas o no agrícolas, o derechos sobre ellos, su administración y explotación; y c) cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FERNANDO RAFAEL GALASSI AEDO, Notario Público Suplente 5ª Notaría de Rancagua, Avenida General José de San Martín Nº255, certifico: Por escritura pública de fecha 25.05.2022, Repertorio 1484/2022, ante Notario Suplente Carla Salazar Meza; Don FERNANDO MANUEL JUGO DE PABLO, domicilio en Molino California S/N, Doñihue, por sí y en representación de doña ARANZAZU JUGO BALADRÓN, domicilio en Condominio Parque Doña Inés, Parcela 39, comuna de Puerto Varas; doña XIMENA DEL PILAR BALADRÓN MONTENEGRO, domicilio en Molino California S/N, Doñihue; doña FRANCISCA BEATRIZ JUGO BALADRÓN, domicilio en Martín de Zamora 3.796, casa F, Las Condes; doña GABRIELA JUGO BALADRÓN, domicilio en Flor de Azucenas N°89, departamento 705, Las Condes; y don FERNANDO RODOLFO JUGO BALADRÓN, domicilio en Condominio El Pangal S/N, Cahuil, comuna de Pichilemu; constituyeron sociedad de responsabilidad limitada en conformidad a disposiciones Ley 3.918 y sus modificaciones. Razón social: “Inversiones El Molino Limitada", pudiendo funcionar y actuar, inclusive ante Bancos y Entidades Financieras con el nombre de fantasía de “El Molino Ltda.” Objeto: a) La realización de toda clase de inversiones en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, valores, acciones, bonos, debentures; cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; explotarlos, administrarlos, percibir e invertir sus frutos; b) La adquisición, enajenación, inversión, compra, venta, permuta, arrendamiento, subarrendamiento de bienes raíces agrícolas o no agrícolas, o derechos sobre ellos, su administración y explotación; y c) cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. Capital: La cantidad de $50.000.000, que se aporta de la siguiente forma: A) Fernando Manuel Jugo De Pablo, aporta la suma de $27.500.000, equivalente a un cincuenta y cinco por ciento del capital social; B) Ximena del Pilar Baladrón Montenegro, aporta la cantidad de $9.000.000, equivalente a un nueve por ciento del capital; C) Francisca Beatriz Jugo Baladrón, aporta la cantidad de $9.000.000, equivalente a un nueve por ciento del capital; D) Gabriela Jugo Baladrón, aporta la cantidad de $9.000.000, equivalente a un nueve por ciento del capital social; E) Aranzazu Jugo Baladrón aporta la cantidad de $9.000.000, equivalente a un nueve por ciento del capital; y F) Fernando Rodolfo Jugo Baladrón aporta la cantidad de $9.000.000, equivalente a un nueve por ciento del capital. Los aportes se pagan y enteran en este acto en dinero, y son ingresados a la caja social. Administración de Sociedad y el uso de su razón social: corresponde a don FERNANDO MANUEL JUGO DE PABLO, quien la ejercerá con las facultades previstas en la escritura extractada. Duración: Plazo de 10 años que se renueva tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de diez años, en la forma prevista en escritura extractada. Domicilio: Comuna de Doñihue. Demás estipulaciones en escritura extractada. Se faculta al portador de copia autorizada del extracto para requerir las inscripciones, anotaciones y subinscripciones que procedan y realizar los demás trámites de legalización de la sociedad. Rancagua 07 de junio de 2022.