Instrumento
- Fecha
- 2 de junio de 2022
- Notario
- FÉLIX JARA CADOT
- Oficio
- 41 Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Indefinida
Administración
La Sociedad será administrada y representada por uno o más Administradores elegidos por la Junta de Accionistas, pudiendo el Administrador o los administradores ser o no
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFÉLIX JARA CADOT, Notario Público de la 41 Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos No1160, subsuelo, certifico que: por escritura pública de hoy ante mí, certifica que: por escritura pública de hoy ante mí, SYLVIA ESTER ECHEVARRÍA RAMÍREZ, C.I..7.042.033-3, domiciliada para estos efectos en Avenida Raúl Labbé 14998, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; constituyó Sociedad por Acciones en conformidad Título VII, Libro II, Código de Comercio. NOMBRE: El nombre será “HERMANAS SpA”. DOMICILIO: Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se puedan establecer en otros puntos del país o del extranjero. DURACIÓN: Indefinida, sin perjuicio de su disolución en los casos que la Ley y estos estatutos establecen. OBJETO El objeto de la sociedad será: La obtención de rentas de la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. El desarrollo del objeto social podrá ser efectuado de modo directo e individual, bajo asociación con terceras personas naturales y/o jurídicas, o mediante la participación en sociedades con objeto idéntico o análogo al expresado.- ADMINISTRACIÓN: La Sociedad será administrada y representada por uno o más Administradores elegidos por la Junta de Accionistas, pudiendo el Administrador o los administradores ser o no accionistas. CAPITAL: El capital es de $1.000.000.- dividido en 1.000.- acciones ordinarias, nominativas de una sola serie y sin valor nominal las cuales serán emitidas sin imprimir láminas físicas de dichos títulos. El capital se encuentra íntegramente suscrito y pagado en el acto de la escritura que se extracta según consta en su Artículo Primero Transitorio. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 2 junio 2022.