COMPAÑÍA BARRICK CHILE GENERACION SpA
Instrumento
- Fecha
- 13 de mayo de 2022
- Repertorio
- 4638-2022
- Notario
- CHRISTIAN ALEJANDRO ORTIZ CÁCERES
- Oficio
- Titular doña MARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ de la Séptima Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $114.044 CLP
Personas y entidades (2)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| COMPAÑÍA MINERA ZALDIVAR LIMITADA | socio | 85758600-K | — | — | |
| COMPAÑÍA BARRICK CHILE GENERACION SpA | accionista | 96576920-K | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCHRISTIAN ALEJANDRO ORTIZ CÁCERES, Abogado, Notario Público Suplente de la Titular doña MARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ de la Séptima Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas N° 1161, entrepiso, comuna de Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 13 de mayo del año 2022, repertorio 4.638-2022, otorgada ante mí, COMPAÑÍA MINERA ZALDIVAR LIMITADA, RUT N° 85.758.600-K, domiciliada en Avenida Ricardo Lyon número 222, piso 9, comuna de Providencia, Santiago de Chile, en su calidad de único accionista modificó la sociedad COMPAÑÍA BARRICK CHILE GENERACION SpA, Rol Único Tributario N° 96.576.920-K, inscrita a fojas 9816 número 4960 del Registro de Comercio de Santiago del año 1990 (la “Sociedad”), en el sentido de aumentar el capital social de 64.044.538 dólares de los Estados Unidos de América, dividido en 64.044.538 acciones nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, a la cantidad de 114.044.538 dólares de los Estados Unidos de América, dividido en 114.044.538 acciones nominativas, de una sola serie y sin valor nominal. El aumento de capital antes indicado, ascendente a la suma de 50.000.000 dólares de los Estados Unidos de América, se materializa mediante la emisión de 50.000.000 acciones de pago nominativas, sin valor nominal, de igual valor cada una y de una única serie, a un valor de emisión de 1 dólar por acción, las que son íntegramente suscritas por el accionista Compañía Minera Zaldívar Limitada y deberán ser pagadas en moneda dólar en el plazo máximo de ciento ochenta días contados desde el 13 de mayo de 2022. En razón de lo anterior, se sustituye el artículo quinto permanente y primero transitorio de los estatutos sociales. En lo no modificado se mantiene inalterado el pacto social. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Se facultó al portador del presente extracto para su legalización. Santiago, 03 de junio de 2022.