CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

XCAR SpA

RUT 5812720-5 CVE 2140175
Capital
$1.000 CLP
Fecha instrumento
23 de mayo de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
23 de mayo de 2022
Repertorio
34592-2022
Notario
ibutario número ocho millones doscientos quince mil novecientos catorce guion dos
Oficio
Trigésimo Octava Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000 CLP

Objeto social

La sociedad tendrá por

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, chilena, casada, abogado, cédula de identidad y Rol Único Tributario número ocho millones doscientos quince mil novecientos catorce guion dos, Notario Público Titular de la Trigésimo Octava Notaría de Santiago, con oficio en calle Miraflores número ciento setenta y ocho, Quinto Piso, certifico: Por escritura pública de fecha 23.05.2022 ante mí, Repertorio N° 34.592-2022, doña MARIA ISABEL DE LA TRINIDAD PÉREZ WALKER, cédula nacional de identidad número 5.812.720-5, constituyó sociedad por acciones, de cuyos estatutos extracto: Nombre. “XCAR SpA”. Objeto. La sociedad tendrá por objeto: (Uno) La asesoría, intermediación, promoción, publicidad y marketing en la compra y venta de bienes muebles, especialmente vehículos motorizados de toda índole; (Dos) la realización de remates físicos u online de bienes muebles e inmuebles, en especial vehículos motorizados; (Tres) Formar, constituir, ingresar, adquirir derechos o acciones o participar en otras sociedades de cualquier clase que tengan un objeto social similar y modificarlas y asumir la administración de las mismas y constituir o formar parte de comunidades, asociaciones, cuentas en participación, sociedades de hecho, fondos de inversión u otras; y (Cuatro) Realizar toda otra actividad que esté directa o indirectamente relacionada con las precedentemente mencionadas. Capital. El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000 (un millón de pesos), dividido en 100 (cien) acciones nominativas, ordinarias, sin valor nominal, íntegramente emitidas, que no cuentan con preferencias o privilegios de tipo o clase alguna y que no se encuentran divididas en una o más series, íntegramente suscrito y pagado. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Santiago, 31 de mayo de 2022.