Sociedad de Capacitación Gestión y Desarrollo Limitada
Instrumento
- Fecha
- 10 de mayo de 2022
- Notario
- Héctor Efraín Basualto Bustamante
- Domicilio
- Temuco
- Comuna
- Temuco de don Héctor Basualto Bustamante
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHéctor Efraín Basualto Bustamante, Notario Público de Temuco, Antonio Varas N°854, Temuco, certifica: Por escritura pública de fecha 10 de mayo de 2022, y rectificada por escritura pública de fecha 02 Junio 2022, ante Notaria de Temuco de don Héctor Basualto Bustamante, Nabor Osvaldo Urzúa Becerra, chileno, casado y separado de bienes, ingeniero comercial, cédula de identidad Nº 5.754.168-7, con domicilio en Porvenir N°896, Temuco, Paulina Andrea Urzúa Gacitúa, chilena, soltera, periodista, cédula de identidad Nº 12.644.031-6, domiciliada en Pedro de Valdivia Nº 0400, Condominio Los Conquistadores, Torre B, departamento 915, Temuco, y Felipe Nabor Urzúa Gacitúa, ingeniero civil, cédula de identidad N° 17.679.582-4, domiciliado en San Eduardo N°03551, Santa Elena de Maipo, Temuco, modificaron “Sociedad de Capacitación Gestión y Desarrollo Limitada”, constituida por escritura publica de fecha 12 de julio de 2012, inscrita a fojas 792 vta. Nº 734 Registro de Comercio Temuco año 2012; anteriormente modificada por escritura pública de fecha 17 de mayo de 2019, inscrita a fojas 709, Nº442 de Registro de Comercio Temuco año 2019; en el siguiente sentido: a) Doña Paulina Andrea Urzúa Gacitúa vende, cede y transfiere el 6,67% de derechos sociales a don Felipe Nabor Urzúa Gacitúa, quien compra, adquiere y acepta para sí. El precio de la cesión de derechos sociales es la suma de $3.000.000, que comprador paga con anterioridad a este acto. Como consecuencia se retira de la sociedad doña Paulina Andrea Urzúa Gacitúa. b) Los actuales socios acuerdan introducir las siguientes modificaciones a estatutos sociales: Uno: reemplazar íntegramente clausula cuarta de estatutos sociales referente a capital social, por la de siguiente tenor: “CUARTO: El capital social, es la suma de setenta y cinco millones de pesos, que se entera por los socios a la caja social de la siguiente manera: a) la suma de setenta millones de pesos, en dinero efectivo y al contado pagados con anterioridad a esta fecha y ya ingresados en arcas de la sociedad por el socio Nabor Osvaldo Urzúa Becerra; y b) la suma de cinco millones de pesos, en dinero efectivo y al contado pagados con anterioridad a esta fecha y ya ingresados en arcas de la sociedad por el socio Felipe Nabor Urzúa Gacitúa”. Dos.- Reemplaza íntegramente la cláusula quinta de los estatutos sociales referente a las utilidades, por la del siguiente tenor: “QUINTO: Las utilidades sociales se repartirán, correspondiéndole un noventa y tres coma tres por ciento al socio Nabor Osvaldo Urzúa Becerra y un seis coma sesenta y siete por ciento al socio Felipe Nabor Urzúa Gacitúa. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Queda vigente pacto social en todo lo demás. Temuco, 06 de Junio de 2022.