CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

COMERCIAL BARRAMUÑO Y CÁRDENAS LIMITADA

RUT 12697885-5 CVE 2139651
Capital
$40.000.000 CLP
Fecha instrumento
31 de mayo de 2022
Notaría
Los Ángeles
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
31 de mayo de 2022
Notario
JUAN MAURICIO ARANEDA MEDINA
Oficio
Cuarta Notaría de Los Ángeles
Comuna
Los Ángeles

Sociedad

Capital
$40.000.000 CLP
Domicilio
Los Angeles
Duración
La sociedad tendrá una duración de 10 años a contar de esta fecha, y se entenderá renovada en forma automática y sucesiva por periodos iguales de 5 años respectivamente

Objeto social

será a) La fabricación, compra, venta, importación, exportación, distribución y suministro de toda clase de medicamentos, sustancias químicas, productos farmacéuticos, de cuidado e higiene personal, cosméticos, perfumería, productos homeopáticos, naturales, vitaminas y de veterinaria; insumos hospitalarios, accesorios y equipos médicos; alimentos, suplementos alimenticios, bebidas y snacks; artículos de óptica, telefonía y fotografía; así como mercaderías en general y de consumo masivo; b) La prestación de todo tipo de servicios farmacéuticos, médicos y de enfermería; c) La organización, administración y explotación de redes o cadenas de establecimientos de comercio para el expendio de los productos anteriormente mencionados, tales como farmacias, minimarkets, autoservicios, supermercardos, tiendas de conveniencia y similares; d) El transporte, bodegaje, almacenaje y distribución de los bienes referidos precedentemente; e) Comprar, vender, arrendar o subarrendar, explotar, concesionar y administrar toda clase de bienes raíces, por cuenta propia o de terceros, y la realización de toda clase de negocios y proyectos inmobiliarios; e) La participación en sociedades de cualquier tipo o especie, en el territorio nacional o en el extranjero, que permitan a la sociedad el cumplimiento de sus fines; f) Adquirir y explotar por cuenta propia o para terceros actuando como comisionista, todo tipo de bienes muebles, acciones y valores mobiliarios en general, con fines de inversión y)o renta; g) Y, en general, cualquier actividad que los socios acuerden y que tenga relación con lo expresado en los puntos anteriores

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN MAURICIO ARANEDA MEDINA, Abogado, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Los Ángeles, Caupolicán N° 355, de esta ciudad, certifico: Que por escritura pública Rep. 2834-2022, hoy ante mí, comparecieron: PEDRO MARCELO BARRAMUÑO RIFFO, C.I. N° 12.697.885-5; e INDIRA ANDREA CÁRDENAS PALMA, C.I. N° 13.312.682-1, ambos domiciliados en calle Eduardo Weldt N° 108, Villa El Avellano, Los Ángeles; quienes constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Razón Social: será "COMERCIAL BARRAMUÑO Y CÁRDENAS LIMITADA" pudiendo usar como nombre de fantasía inclusive ante Bancos “ISIDAN LTDA”.- Objeto: será a) La fabricación, compra, venta, importación, exportación, distribución y suministro de toda clase de medicamentos, sustancias químicas, productos farmacéuticos, de cuidado e higiene personal, cosméticos, perfumería, productos homeopáticos, naturales, vitaminas y de veterinaria; insumos hospitalarios, accesorios y equipos médicos; alimentos, suplementos alimenticios, bebidas y snacks; artículos de óptica, telefonía y fotografía; así como mercaderías en general y de consumo masivo; b) La prestación de todo tipo de servicios farmacéuticos, médicos y de enfermería; c) La organización, administración y explotación de redes o cadenas de establecimientos de comercio para el expendio de los productos anteriormente mencionados, tales como farmacias, minimarkets, autoservicios, supermercardos, tiendas de conveniencia y similares; d) El transporte, bodegaje, almacenaje y distribución de los bienes referidos precedentemente; e) Comprar, vender, arrendar o subarrendar, explotar, concesionar y administrar toda clase de bienes raíces, por cuenta propia o de terceros, y la realización de toda clase de negocios y proyectos inmobiliarios; e) La participación en sociedades de cualquier tipo o especie, en el territorio nacional o en el extranjero, que permitan a la sociedad el cumplimiento de sus fines; f) Adquirir y explotar por cuenta propia o para terceros actuando como comisionista, todo tipo de bienes muebles, acciones y valores mobiliarios en general, con fines de inversión y/o renta; g) Y, en general, cualquier actividad que los socios acuerden y que tenga relación con lo expresado en los puntos anteriores.- Domicilio: La sociedad tendrá su domicilio en la ciudad de Los Angeles, sin perjuicio de las sucursales que puedan establecerse en el resto del país o en el extranjero.- Duración: La sociedad tendrá una duración de 10 años a contar de esta fecha, y se entenderá renovada en forma automática y sucesiva por periodos iguales de 5 años respectivamente.- Capital Social: $40.000.000, que se aporta de la siguiente forma: a) Pedro Marcelo Barramuño Riffo aporta la suma de $20.000.000, equivalente al 50% del haber social, que entera y enterará de la siguiente manera: i) Con $10.000.000 que se enteran en este acto al contado y en dinero en efectivo, ingresando a la caja social dichos dineros. ii) El saldo de $10.000.000 serán enterados por el socio dentro de un plazo de tres años, de acuerdo a su disponibilidad de caja; y b) Indira Andrea Cárdenas Palma aporta la suma de $20.000.000, equivalente al 50% del haber social, que entera y enterará de la siguiente manera: i) Con $10.000.000 que se enteran en este acto al contado y en dinero en efectivo, ingresando a la caja social dichos dineros. ii) El saldo de $10.000.000 serán enterados por la socia dentro de un plazo de tres años, de acuerdo a su disponibilidad de caja.- Responsabilidad Socios: Limitada al monto de sus respectivos aportes.- Administración y Uso Razón Social: Corresponderá a don PEDRO MARCELO BARRAMUÑO RIFFO y a doña INDIRA ANDREA CÁRDENAS PALMA, quienes actuando de forma conjunta o separada por la sociedad y anteponiendo la razón social a sus respectivas firmas, la obligarán y representarán con las más amplias facultades descritas en el pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Los Ángeles, 31 DE Mayo de 2022.