MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Canales y Canales Limitada

RUT 76584850-4 CVE 2139665
Fecha instrumento
26 de mayo de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
26 de mayo de 2022
Notario
EDUARDO JAVIER DIAZ MORELLO
Oficio
trigésima cuarta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EDUARDO JAVIER DIAZ MORELLO, Abogado, Notario Público Titular de la trigésima cuarta Notaría de Santiago, con domicilio en calle Luis Thayer Ojeda número trescientos cincuenta y nueve, Certifico: que por escritura pública 26 de mayo de 2022, ante mí doña JEANNETH ELIZABETH CANALES MEZA, domiciliada en Los Refugios del Arrayán número 19, parcela 26, Lo Barnechea, Región Metropolitana; doña PAOLA ANDREA CANALES MEZA, , domiciliada en Colina La Gloria, número 2198, Las Condes Región Metropolitana, MARIA FERNANDA REYES LUCERO, domiciliada en El Zodiaco nueve mil ochocientos ochenta y dos, comuna de Vitacura, Región Metropolitana y doña PABLA ANDREA NIETO ENRIONE, domiciliada en Argomedo setenta y uno, comuna de Santiago, Región Metropolitana; modificaron la sociedad “CANALES Y CANALES LIMITADA”, constituida el 21 de junio de 2006, ante notario de Santiago doña María Gloria Acharan Toledo, inscrita a fs 25.190,n°17.535 registro de comercio del año 2006 y publicada en el D.O. 1 de julio de 2006, en cuanto: 1) JEANNETH ELIZABETH CANALES MEZA, con expreso consentimiento de todos los otros socios, vende cede y transfiere a MARIA FERNANDA REYES LUCERO , El 100% de los derechos sociales que tiene en la sociedad “CANALES Y CANALES LIMITADA”, 2) PAOLA ANDREA CANALES MEZA con expreso consentimiento de todos los otros socios, vende cede y transfiere a MARIA FERNANDA REYES LUCERO, El 60% de los derechos sociales que tiene en la sociedad “CANALES Y CANALES LIMITADA”, 3) PAOLA ANDREA CANALES MEZA con expreso consentimiento de todos los otros socios, vende cede y transfiere a PABLA ANDREA NIETO ENRIONE el 40% de los derechos sociales que tiene en la sociedad “CANALES Y CANALES LIMITADA”. En virtud de las cesiones anteriores la sociedad “CANALES Y CANALES LIMITADA” queda constituida por doña MARIA FERNANDA REYES LUCERO con el ochenta por ciento de los derechos sociales y por doña PABLA ANDREA NIETO ENRIONE con el veinte por ciento de tales derechos, limitando su responsabilidad al monto y a prorrata de sus respectivos aportes al capital societario. Se modifica el estatuto así a) Razón social, de los derechos sociales que tiene en la sociedad “CANALES Y CANALES LIMITADA”; b) se modifica la cláusula sexta en cuanto la administración social corresponderá exclusivamente a la socia MARIA FERNANDA REYES LUCERO. En todo lo no modificado expresamente permanece vigente estatuto social primitivo. - Santiago, 02 de junio de 2022.-