PULLMAN EDGAR MAMANI GARCÍA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 6 de diciembre de 2019
- Notario
- FERNANDO MAURICIO CANALES HERTRAMPF
- Oficio
- Primera Notaria de Iquique
- Comuna
- Iquique
Sociedad
- Ley aplicable
- ley 19.499
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFERNANDO MAURICIO CANALES HERTRAMPF, abogado, Notario Público Interino de la Primera Notaria de Iquique, Aníbal Pinto 555, certifica que por escritura pública hoy, ante mi: Don EDGAR ANDRÉS MAMANI GARCÍA, chileno, casado, empresario, 45 años de edad, cédula nacional de identidad y rol único tributario número 13.356.424-1, domiciliado en Pasaje Tres número 2757, Población Las Parcelas, Alto Hospicio, de paso en esta ciudad, sanea por subsanación y modifica empresa individual de responsabilidad limitada PULLMAN EDGAR MAMANI GARCÍA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA” O “PULLMAN MINTUR E.I.R.L.” constituida por escritura pública de fecha 6 de Diciembre del año 2019, repertorio número 4538, otorgada ante la notario público de la ciudad de Iquique doña Maria Antonieta Niño de Zepeda Parra, cuyo extracto se inscribió a fojas 1782 vuelta bajo el número 1172 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Iquique, correspondiente al año 2019, y que fue debidamente publicada en el diario oficial, dentro del plazo legal con fecha 26 de Diciembre del año 2019 bajo el número 42.537. Saneamiento por subsanación. En virtud del presente instrumento y de acuerdo a lo dispuesto en el inciso primero letra b), del artículo 9º de la ley 19.499, viene en sanear por subsanación el error incurrido en la escritura pública referida en la cláusula anterior al consignar su cédula de identidad y rol único tributario número 13.356.421-1, debiendo ser “cédula de identidad y rol único tributario número 13.356.424-1.” El compareciente y constituyente, da por saneado y subsanado el vicio referido precedentemente, de la escritura de constitución social. Modificación. Viene en modificar la cláusula segundo de la escritura pública de constitución de la empresa, en el sentido que, sustituye la actual razón social y nombre de fantasía de “PULLMAN EDGAR MAMANI GARCÍA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA” O “PULLMAN MINTUR E.I.R.L.” La que a contar de la fecha de este instrumento quedará de la siguiente forma: “PRIMERO: La razón empresarial será “SERVICIOS DE TRANSPORTES EDGAR ANDRES MAMANI GARCÍA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA" pudiendo usar para efectos bancarios, comerciales, tributarios o publicitarios y ante cualquier organismo o actuación legal de la empresa, en forma indistinta con esta razón empresarial, Sin embargo, la empresa podrá actuar para todos los efectos legales financieros y bancarios con el nombre de fantasía de “PULLMAN MINTUR E.I.R.L.”” En todo lo no modificado por el presente instrumento, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social primitivo. Demás estipulaciones escritura extractada. Iquique, 25 de Mayo 2022.