TRANSPORTES MOVIMUEBLES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 6 de mayo de 2022
- Repertorio
- 634-2022
- Notario
- VALENTIN RAFAEL REYES BERTOLONE
- Domicilio
- Talca
Referencias (1)
- do publicacion DO N° 40747 del 3 de enero de 2014
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVALENTIN RAFAEL REYES BERTOLONE, Notario Público Talca, Suplente de la Titular ANGELITA DE LA PAZ HORMAZABAL ALEGRIA, oficio 1 sur 925 local 1, certifico: Por escritura pública de fecha 06 de mayo de 2022, otorgada ante mí, Repertorio 634-2022, don ANDRÉS BERNARDO DÍAZ MAYORGA, DON JORGE ARNALDO BUSTOS GAETE, DON GABRIEL GASTÓN DÍAZ MAYORGA, DON PABLO RICARDO DÍAZ MAYORGA Y DOÑA EDITH ISABEL DÍAZ MAYORGA, vienen en modificar la sociedad TRANSPORTES MOVIMUEBLES LIMITADA, constituida por escritura pública de fecha veintisiete de diciembre del año dos mil trece, otorgada ante el notario público de Talca, don Carlos Demetrio Hormazábal Troncoso, la que fuera inscrita en extracto a fojas 75, número 33, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Talca del año 2014, y publicado en la edición del Diario Oficial número 40747 de fecha 3 de enero de 2014, en lo siguiente: Por el presente instrumento los comparecientes, en su calidad de únicos y actuales socios, vienen en modificar la escritura social referida, en el siguiente sentido; UNO) El socio don ANDRÉS BERNARDO DÍAZ MAYORGA, con el consentimiento expreso de su consocio, cede, vende y transfiere a don GABRIEL GASTÓN DÍAZ MAYORGA, parte de la totalidad de los derechos que le corresponden en la sociedad, utilidades y/o eventuales pérdidas, equivalentes al veinticinco por ciento del total de los derechos sociales, quién lo acepta y adquiere para sí, las acciones, derechos y obligaciones antes referidas. El precio de esta cesión es la suma de dos millones quinientos mil pesos, suma que el adquiriente y cesionario don GABRIEL GASTÓN DÍAZ MAYORGA, paga en este acto, al contado y en dinero en efectivo. El cedente declara haber recibido, la totalidad del precio de la cesión de derechos y lo declara, en consecuencia, íntegramente pagado. DOS) El socio don JORGE ARNALDO BUSTOS GAETE, con el consentimiento expreso de su consocio, cede, vende y transfiere a don PABLO RICARDO DÍAZ MAYORGA, parte de la totalidad de los derechos que le corresponden en la sociedad, utilidades y/o eventuales pérdidas, equivalentes al veinticinco por ciento del total de los derechos sociales, quién lo acepta y adquiere para sí, las acciones, derechos y obligaciones antes referidas. El precio de esta cesión es la suma de dos millones quinientos mil pesos, suma que el adquiriente y cesionario, don PABLO RICARDO DÍAZ MAYORGA, paga en este acto, al contado y en dinero efectivo, declarando el cedente recibirlos a su entera y completa satisfacción. El cedente declara haber recibido, la totalidad del precio de la cesión de derechos y lo declara, en consecuencia, íntegramente pagado. TRES) El socio don JORGE ARNALDO BUSTOS GAETE, con el consentimiento expreso de su consocio, cede, vende y transfiere a doña EDITH ISABEL DÍAZ MAYORGA, parte de la totalidad de los derechos que le corresponden en la sociedad, utilidades y/o eventuales pérdidas, equivalentes al veinticinco por ciento del total de los derechos sociales, quién lo acepta y adquiere para sí, las acciones, derechos y obligaciones antes referidas. El precio de esta cesión es la suma de dos millones quinientos mil pesos, suma que el adquiriente y cesionario, doña EDITH ISABEL DÍAZ MAYORGA, paga en este acto, al contado y en dinero efectivo, declarando el cedente recibirlos a su entera y completa satisfacción. El cedente declara haber recibido, la totalidad del precio de la cesión de derechos y lo declara, en consecuencia, íntegramente pagado. En consecuencia y con motivo de las cesiones antes citadas, quedan como únicos y exclusivos socios de la sociedad TRANSPORTES MOVIMUEBLES LIMITADA, don ANDRÉS BERNARDO DÍAZ MAYORGA, con una participación de un veinticinco por ciento del haber social, don GABRIEL GASTÓN DÍAZ MAYORGA, con una participación de un veinticinco por ciento del haber social, don PABLO RICARDO DÍAZ MAYORGA, con una participación de un veinticinco por ciento del haber social, y doña EDITH ISABEL DÍAZ MAYORGA con una participación de un veinticinco por ciento del haber social. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Talca, 03 de junio de 2022.-