SOCIEDAD DE CAPACITACIÓN AGUIRRE, COUVE Y NAVARRETE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 12 de mayo de 2022
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANTONIETA MENDOZA ESCALAS, Notario Titular 16ª notaría Santiago, San Sebastián 2750, Las Condes, certifico: por escritura hoy, ante mi, ISIDORA MAGDALENA AGUIRRE COUVE, cédula de identidad N°15.784.382-6, domiciliada en Fuente Ovejuna N°1.235, Las Condes, Región Metropolitana; CAMILA COUVE CARRASCO, cédula de identidad N°7.149.298-2, domiciliada en domiciliada en Fuente Ovejuna N°1.235, Las Condes, Región Metropolitana; y MARÍA TERESA NAVARRETE CORREA, cédula de identidad N°11.174.894-2, domiciliada en Av. Cristóbal Colón N°3.934, depto. N°62, Las Condes, Región Metropolitana; modificaron la SOCIEDAD DE CAPACITACIÓN AGUIRRE, COUVE Y NAVARRETE LIMITADA, en adelante “la Sociedad”, inscrita a fs. 68.217 N°36.727 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2016, en los siguientes términos: (I) Rectificación. Las partes rectifican un error cometido en la escritura de constitución en lo referido a la participación que en la cláusula Cuarto se indica tiene Isidora Magdalena Aguirre Couve, donde dice que su aporte equivalente a trescientos treinta y tres mil trecientos treinta y cuatro pesos representa el “treinta y tres por ciento del capital social”, debe decir “treinta y cuatro por ciento del capital social”. (II) Cesión de derechos. María Teresa Navarrete Correa, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos en la Sociedad, equivalentes a un treinta y tres por ciento de los derechos en el haber social a Camila Couve Carrasco, quien compra, acepta y adquiere para sí los derechos indicados en el precio de $333.333, suma que la Cesionaria pagó a la Cedente con antelación a este acto, al contado y en dinero efectivo y que la Cedente declara haber recibido a entera satisfacción. (III) Modificación de estatuto. Se reemplaza la Cláusula Cuarta de los estatutos de la Sociedad, por la siguiente: “CUARTO: El capital social es la suma de UN MILLÓN DE PESOS, que los socios aportaron, enteraron y pagaron con anterioridad a esta fecha, de la siguiente forma: a) ISIDORA MAGDALENA AGUIRRE COUVE, aporta trescientos treinta y tres mil trescientos treinta y cuatro pesos, que representa el treinta y cuatro por ciento del capital social; y b) Doña CAMILA COUVE CARRASCO aporta la suma de seiscientos sesenta y seis mil seiscientos sesenta y seis pesos, que representa el sesenta y seis por ciento del capital social. En consecuencia, los aportes se encuentran por íntegramente pagados a entera satisfacción de la Sociedad.” En todo lo no modificado permanecerá íntegramente vigente el estatuto de la Sociedad y especialmente, la disposición que limita la responsabilidad de los socios al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada y no son materia de extracto. Santiago, 12 de Mayo de 2022.