SERVICIOS DE ALIMENTOS VARIOS G & C LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 17 de mayo de 2022
- Comuna
- Puerto Montt
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| C LIMITADA | socio | 76198326-1 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVíctor Hugo Quiñones Sobarzo, notario titular, Primera Notaría Puerto Montt, Guillermo Gallardo 165, Certifica: Escritura Pública de fecha 17 mayo 2022, Rep. 1861, ante mí comparece: Don LUIS EUGENIO GONZALEZ HUIMIRILLA, chileno, divorciado, comerciante, cédula nacional de identidad N° 10.282.551-9, representante legal de la Sociedad SERVICIOS DE ALIMENTOS VARIOS G & C LIMITADA, RUT 76.198.326-1, ambos domiciliados en Avenida Presidente Ibáñez N°715, de la ciudad de Puerto Montt. CAPITAL: $2.000.000., Modificó y complementó escritura de constitución de sociedad, inscrita en el Registro de Comercio de la ciudad de Puerto Montt a fojas 1008, número 876 del año 2011, publicada en extracto del Diario Oficial de fecha 12 de agosto del año 2011; Modifica y complementa la cláusula SEXTA, y SÉPTIMA, quedando de la siguiente manera: SEXTO: El capital de la sociedad es la suma de DOS MILLONES DE PESOS, suma que el socio entera y paga en dinero en efectivo, teniendo un aporte en la sociedad correspondiente al cien por ciento. SEPTIMO: Las ganancias y pérdidas, se distribuirán entre los socios proporcionalmente al monto de sus aportes, de acuerdo con un balance e inventario que se practicará al treinta y uno de diciembre de cada año. Los balances se entenderán aprobados si no fueren objetados por algunos de los socios dentro de los treinta días siguientes a la fecha de presentación de la respectiva declaración de impuestos anuales a la renta. De las objeciones al balance resolverá el árbitro que se nombrará en esta escritura social. Lo anterior es sin perjuicio de los estados de comprobación de resultados y saldos que las prácticas contables o la política de administración recomiende realizar periódicamente, como también de otros que pueda imponer la legislación tributaria. Cada socio tendrá derecho a retiros mensuales y para sus gastos particulares, en carácter de remuneración o salario por el trabajo que desplegarán en la administración, gestión y desarrollo de la sociedad; las cantidades serán fijadas de común acuerdo por los comparecientes, según disponibilidad de caja.- En lo no modificado y complementado quedan plenamente vigentes todas las estipulaciones de pacto social del contrato de constitución de sociedad. Puerto Montt 3 de Junio 2022.