MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inversiones e Inmobiliaria Cauquenes Limitada

RUT 76107175-0 CVE 2139173
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
6 de abril de 2022

Instrumento

Fecha
6 de abril de 2022
Repertorio
1924-2022
Notario
Notario Suplente de JORGE REYES BESSONE
Domicilio
San Miguel

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GISSELLE CECILIA MARQUEZ LEON, Abogado, Notario Suplente de JORGE REYES BESSONE, abogado, Notario Público Titular de San Miguel, Gran Avenida José Miguel Carrera 4886, comuna de San Miguel, certifico que, por escritura pública de fecha 6 de abril de 2022, repertorio N° 1924-2022, otorgada ante el Titular, Alberto Antonio Achondo Pizarro, cédula nacional de identidad N°6.424.091-9, y Juan Alberto Achondo Heavey, cédula nacional de identidad N°15.719.456-9, ambos domiciliados en Luis Carrera 2150, departamento 203-A, comuna de Vitacura, Santiago; modificaron estatutos de Inversiones e Inmobiliaria Cauquenes Limitada, inscrita a fojas 30.516, N°24.454 en el Registro de Comercio de Santiago del año 1998, y a fojas 1.320, N°1.065 del Registro de Comercio de Santiago del año 1999, en adelante la “Sociedad”, en las siguientes materias: a) Alberto Antonio Achondo Pizarro vendió, cedió y transfirió a Juan Alberto Achondo Heavey el 19% por ciento de los derechos sociales de la Sociedad, en precio indicado en escritura extractada, pagado en parte en ese mismo acto, en dinero efectivo, y el saldo a ser pagado, en dinero efectivo, según se indica en escritura extractada. b) Alberto Antonio Achondo Pizarro y Juan Alberto Achondo Heavey, únicos socios de la Sociedad, en adelante los “Socios”, modificaron Artículo Quinto de estatutos sociales, estableciendo que el capital de la Sociedad es $10.000.000, íntegramente aportado, pagado y enterado en dinero efectivo en arcas sociales, en las proporciones siguientes: Alberto Antonio Achondo Pizarro, en un 80% de los derechos sociales; y Juan Alberto Achondo Heavey, en un 20% de los derechos sociales. Socios limitaron su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 31 de mayo de 2022.