CLINICA SAN MIGUEL LIMITADA
Instrumento
- Notario
- OLIMPIA SCHNEIDER MOENNE-LOCCOZ
- Oficio
- 31. Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalOLIMPIA SCHNEIDER MOENNE-LOCCOZ, Notario Público Titular 31. Notaría Santiago, Huérfanos 1055, local 328; Certifico: Por escritura pública hoy ante mí, Doña MARIA BERTA SALAS OLEA, domiciliada en calle Vespucio Norte número mil cuatrocientos cuarenta y uno, comuna de Vitacura, ciudad de Santiago; Don SEBASTIAN GUEVARA SALAS, domiciliado en calle Vitacura cuatro mil ochocientos setenta y tres, departamento setecientos uno, comuna de Vitacura, ciudad de Santiago; Doña MARITXU SANZ RAAB, domiciliada Vitacura cuatro mil ochocientos setenta y tres, departamento setecientos uno, comuna de Vitacura, ciudad de Santiago; modifican la sociedad comercial de responsabilidad limitada, denominada “CLINICA SAN MIGUEL LIMITADA”, constituida por escritura pública el diez de enero del año mil novecientos noventa y uno, otorgada ante Notario Público de Santiago don Humberto Quezada Moreno. El extracto social correspondiente se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, a fojas mil trecientos cincuenta y ocho, número seiscientos veintitrés del Registro de Comercio de Santiago, correspondiente al año mil novecientos noventa y uno. Posteriormente se realizó una modificación por escritura pública de la sociedad por escritura pública de fecha treinta de noviembre de dos mil diecisiete, otorgada ante Notario Público de Santiago don Alvaro González Salinas. El extracto esta inscrito en a fojas noventa y tres mil quinientos treinta y ocho número cincuenta mil ciento cincuenta y uno del Registro de Comercio de Santiago, correspondiente al año dos mil diecisiete. Modificación consiste: Por el presente instrumento se llevan a cabo las siguientes cesiones de derechos; A) doña María Berta Salas Olea, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales, corresponde a un noventa por ciento de la compañía, en la siguiente proporción: a don Sebastián Guevara Salas, en un cien por ciento, quien compra, acepta y adquiere para sí, por esta cesión adquiere un noventa por ciento del haber social de la compañía. El precio de la venta es de nueve millones de pesos quien paga en una cuota y en este acto. B) don Sebastián Guevara Salas vende, cede y transfiere un uno por ciento de sus derechos sociales, en la siguiente proporción: a doña Maritxu Sanz Raab, un uno por ciento de su participación, por lo tanto, por esta cesión, adquiere el uno por ciento del haber social de la compañía. El precio de la venta es la suma de diez mil pesos, que se pagan en una cuota y en este acto. Por tanto, según las cesiones de derechos anteriores, la actual composición societaria de la sociedad CLINICA SAN MIGUEL LIMITADA es la siguiente: A- don Sebastián Guevara Salas es dueño de un noventa y nueve por ciento de los derechos sociales, B- doña Maritxu Sanz Raab, es dueña de un uno por ciento de los derechos sociales. Los socios limitan su responsabilidad hasta la concurrencia del monto de sus aportes. La administración, representación y uso de la razón social corresponderá indistintamente, independiente y separadamente María Berta Salas Olea y Sebastian Guevara Salas, precedidas de las palabras “CLINICA SAN MIGUEL LIMITADA” o “Clinica San Miguel Ltda”. - Santiago, 14 de abril de año 2022.