CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ASESORÍAS E INVERSIONES QUEBRADAVERDE DOS LIMITADA

CVE 2138640
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
31 de mayo de 2022
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
31 de mayo de 2022
Repertorio
10744-2022
Notario
IVÁN TORREALBA ACEVEDO
Oficio
Trigésima Tercera Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago
Duración
La Sociedad tendrá una duración de 10 años contados desde la fecha de esta escritura, plazo que se entenderá renovado en forma automática, tácita y sucesiva por períodos de diez años cada uno, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término, en la forma señalada en la escritura extractada

Objeto social

La Sociedad tiene por objeto prestar asesorías, servicios profesionales de toda índole, comprar, vender, importar, exportar todo tipos de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, efectuar inversiones en todo tipo de bienes inmuebles y muebles, corporales e incorporales, y en todo tipo de sociedades, empresas y personas jurídicas, administrar tales inversiones y bienes y percibir sus frutos y rentas, así como la realización de todos los actos y contratos que se relacionen directa o indirectamente con las actividades antes indicadas

Administración

La administración de la sociedad y el uso de la razón social serán ejercidos por Hernán Leopoldo Arias Chaigneau, Mónica Sara Arias Chaigneaux, Claudia Andrea Arias Ortiz y Ximena Patricia Arias Ortiz, actuando conjuntamente uno cualquiera de Hernán Leopoldo Arias Chaigneau o Mónica Sara Arias Chaigneaux con una cualquiera de Claudia Andrea Arias Ortiz o Ximena Patricia Arias Ortiz

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

IVÁN TORREALBA ACEVEDO, Abogado, Notario Público Titular de la Trigésima Tercera Notaría de Santiago, domiciliado en Huérfanos 979, oficina 501, Santiago, certifica que: con fecha 25 de mayo de 2022, se redujo a escritura pública bajo el Repertorio Nº 10.744-2022, ante mí Andrés Edgardo Arias Pinto, Hernán Leopoldo Arias Chaigneau, Mónica Sara Arias Chaigneaux, Claudia Andrea Arias Ortiz y Ximena Patricia Arias Ortiz, todos domiciliados para estos efectos en Avenida Pedro de Valdivia Nº 2.219, comuna de Providencia, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada de cuyo texto extracto lo siguiente: Razón Social: “ASESORÍAS E INVERSIONES QUEBRADAVERDE DOS LIMITADA”.- Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social serán ejercidos por Hernán Leopoldo Arias Chaigneau, Mónica Sara Arias Chaigneaux, Claudia Andrea Arias Ortiz y Ximena Patricia Arias Ortiz, actuando conjuntamente uno cualquiera de Hernán Leopoldo Arias Chaigneau o Mónica Sara Arias Chaigneaux con una cualquiera de Claudia Andrea Arias Ortiz o Ximena Patricia Arias Ortiz.- Objeto: La Sociedad tiene por objeto prestar asesorías, servicios profesionales de toda índole, comprar, vender, importar, exportar todo tipos de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, efectuar inversiones en todo tipo de bienes inmuebles y muebles, corporales e incorporales, y en todo tipo de sociedades, empresas y personas jurídicas, administrar tales inversiones y bienes y percibir sus frutos y rentas, así como la realización de todos los actos y contratos que se relacionen directa o indirectamente con las actividades antes indicadas.- Capital: El capital de la Sociedad es la cantidad de $1.000.000, el que Andrés Edgardo Arias Pinto, Hernán Leopoldo Arias Chaigneau, Mónica Sara Arias Chaigneaux, Claudia Andrea Arias Ortiz y Ximena Patricia Arias Ortiz aportan y pagan en este acto al contado por partes iguales.- Domicilio: El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se establezcan en otras ciudades del país o del extranjero.- Duración: La Sociedad tendrá una duración de 10 años contados desde la fecha de esta escritura, plazo que se entenderá renovado en forma automática, tácita y sucesiva por períodos de diez años cada uno, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término, en la forma señalada en la escritura extractada.- Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 31 de mayo de 2022.