MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

LEGALMET ABOGADOS ASOCIADOS LIMITADA

RUT 77316492-4 CVE 2136662
Fecha instrumento
8 de abril de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
8 de abril de 2022
Notario
PABLO JOSE HALES BESELER
Oficio
Décima Tercera Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PABLO JOSE HALES BESELER, Abogado, Notario Público, Titular de la Décima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en Calle Compañía número mil trescientos doce, Santiago, certifico: Escritura publica hoy, ante mí, ALAN CHRISTOPHER TORRES SÁNCHEZ, domiciliado en calle Rogelio Ugarte número mil trescientos sesenta y cinco, comuna de Santiago, Región Metropolitana; doña YOSELY PATRICIA PEREZ ENCINAS, domiciliada en calle Biobío número quinientos noventa y cuatro, comuna de Santiago, Región Metropolitana y doña CINTHIA ANDREA MATAMALA MOREIRA, domiciliada en Avenida Ejercito número quinientos cincuenta y siete departamento doscientos seis, comuna de Santiago, Región Metropolitana; modifican sociedad denominada “LEGALMET ABOGADOS ASOCIADOS LIMITADA O LEGALMET ABOGADOS.”, Rol único tributario número setenta y siete mil trescientos dieciséis mil cuatrocientos noventa y dos guión cuatro, constituida por escritura pública de fecha veintinueve de octubre del año dos veinte, otorgada ante notario público suplente, Don Cristóbal Diaz Acevedo, abogado suplente de la décima tercera Notaría de Santiago del titular Clovis Toro Campos y cuyo extracto se encuentra inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas setenta y un mil setecientos setenta y ocho, número treinta y cuatro mil quinientos trece del año dos veinte; modificaciones consisten: CINTHIA ANDREA MATAMALA MOREIRA, titular del treinta y tres coma tres por ciento de los derechos sociales, vende cede y transfiere la totalidad de su participación social, en las siguientes proporciones: Vende a don ALAN CHRISTOPHER TORRES SÁNCHEZ quien compra acepta y adquiere para si los derechos equivalentes al dieciséis coma sesenta y cinco por ciento de su derechos sociales, por la suma de un millón de pesos, que se pagan en este acto de contado; y a doña YOSELY PATRICIA PEREZ ENCINAS quien compra acepta y adquiere para si los derechos equivalentes a un dieciséis coma sesenta y cinco por ciento de sus derechos sociales por la suma de un millón de pesos; quedando como como únicos y actuales socios y su respectiva participación: Don ALAN CHRISTOPHER TORRES SÁNCHEZ es dueño de un 50% derechos sociales; y Doña YOSELY PATRICIA PEREZ ENCINAS es dueña de un 50% derechos sociales; quienes acuerdan modificar la cláusula quinta del pacto social, en el sentido de señalare que la administración, representación y el uso de la razón social y nombre de fantasía, corresponderá a contar de esta fecha, a don ALAN CHRISTOPHER TORRES SÁNCHEZ, facultades escritura extractada. En todo lo que no se hubieren modificado los estatutos sociales, producto de las modificaciones precitadas, continúa plenamente vigente el pacto social primitivo. Demás estipulaciones escritura extractada. SANTIAGO, 08 ABRIL 2022.-