MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

GROHNERT CORREDORA DE SEGUROS SpA

RUT 77558062-3 CVE 2136526
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
18 de mayo de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
18 de mayo de 2022
Notario
FÉLIX JARA CADOT
Oficio
Cuadragésima Primera Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FÉLIX JARA CADOT, Notario Público de la Cuadragésima Primera Notaria de Santiago, con oficio en Paseo Huérfanos 1160 subsuelo, certifica: Por escritura pública hoy ante mí, don FELIX PATRICIO GROHNERT PEREZ, chileno, casado bajo el regimen de separación total de bienes, ingeniero comercial, cédula de identidad número 13.233.808-6, domiciliado en calle Los Molinos 8626, comuna de Vitacura, ciudad de Santiago,en su calidad de único accionista acordómodificar la sociedad por acciones “GROHNERT CORREDORA DE SEGUROS SpA” en el siguiente sentido: UNO) Se modifica el ARTICULO PRIMERO de la constitución de Sociedad, reemplazándolo íntegramente por lo que se señala a continuación: “El nombre o razón social de la sociedad es “GROHNERT CORREDORA DE SEGUROS SpA”, no pudiendo utilizar abreviación ni nombre de fantasía alguno para obligar a la sociedad frente a terceros, para todos los efectos legales”.- DOS) Se modifica la letra a) del ARTICULO SEGUNDO de la constitución de Sociedad, reemplazándolo íntegramente por lo que se señala a continuación: “a) la intermediación remunerada de Contratos de Seguros Generales, de Vida y Previsionales, con cualquier entidad aseguradora nacional radicada en el país y las demás actividades que las normas legales y administrativas vigentes en Chile permitan desarrollar a los corredores de seguros”.- TRES) Se modifica el ARTICULO UNDECIMO de la constitución de Sociedad, agregando al final de dicha cláusula lo que se indica a continuación: “Treinta y dos.- Sin perjuicio de todas las facultades indicadas en el presente artículo, se deja expresa constancia que el administrador no podrá delegar facultades relacionadas con la explotación del giro de corredores de seguros en personas que no cumplan con todos y cada uno de los requisitos establecidos en la ley para los corredores de seguros, para todos los efectos legales que correspondan”.- CUATRO) Se modifica el numeral Uno) del ARTICULO DECIMO TERCERO de la constitución de Sociedad, reemplazándolo íntegramente por lo que señala a continuación: “Uno) El examen de la situación de la sociedad y de los informes de la empresa de auditoría externa -de acuerdo con lo dispuesto en el artículo doscientos treinta y nueve de la ley número dieciocho mil cuarenta y cinco-, y la aprobación o rechazo del balance y estados financieras presentadas por el administrador o los liquidadores, cuando corresponda”.-CINCO)Se modifica el ARTICULO VIGESIMO CUARTO de la constitución de Sociedad, reemplazándolo íntegramente por lo que se señala a continuación: “Conforme a lo dispuesto en el artículo doscientos treinta y nueve de la ley número dieciocho mil cuarenta y cinco, al ser los corredores de seguros entidades fiscalizadas por la Comisión para el Mercado Financiero, corresponderá designar a una empresa de Auditoría Externa inscrita en el Registro de empresas de Auditoría Externa que lleva dicho Servicio, quien será la encargada de efectuar la examinación de la contabilidad, inventario, balance y otros estados financieros de la Sociedad”.- Capital $1.000.000.- En todo lo no modificado por este instrumento extractado, permanecen plenamente vigentes las estipulaciones del pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada y no son materia de extracto. Se facultó al portador de extracto para legalización. 18 de Mayo de 2022.