CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Tu Proyecto de Vida III SpA

CVE 2136101
Fecha instrumento
24 de mayo de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
24 de mayo de 2022
Repertorio
7122/2022
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PAULA ANDREA LUNA SAEZ, Notario Suplente de doña María Pilar Gutiérrez Rivera, titular de la Décimo Octava Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 669, piso 8, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 24 de mayo de 2022, Repertorio 7.122 / 2022.-, ante mí, TU PROYECTO DE VIDA SpA constituyó una sociedad por acciones denominada TU PROYECTO DE VIDA III SpA. El objeto de la sociedad es el corretaje e intermediación por cuenta propia o ajena para la compra, venta, arrendamiento, comodato, transferencia de toda clase de inmuebles, incluidos los regidos por el Decreto de Fuerza de Ley número dos, locales comerciales, oficinas, terrenos urbanos, rurales, agrícolas e industriales, y de cualquier otra naturaleza; la compra, venta, construcción, arrendamiento, leasing, remodelación y administración de todo tipo de inmuebles; la administración de todo tipo de inmuebles, inclusive edificios y condominios; el desarrollo de proyectos inmobiliarios en todas sus formas, pudiendo participar en licitaciones públicas o privadas en el ámbito de la propiedad inmobiliaria en cualquiera de sus áreas; la gestión inmobiliaria en todos sus aspectos; y la realización de toda clase de negocios, actos y contratos conducentes a los fines enunciados. El capital de la sociedad asciende a la suma de un millón de pesos, dividido en un millón de acciones iguales, de una misma serie y sin valor nominal, y se encuentra íntegramente suscrito y pagado. La administración, representación y uso del nombre o razón social, corresponderán a TU PROYECTO DE VIDA SpA, quien actuará por medio de la o las personas naturales que designe al efecto mediante escritura pública. TU PROYECTO DE VIDA SpA designa a don Nicolás Vial Purcell, don Santiago Claudio Rivadeneira Fernández y a don Rafael Pérez-Cotapos Ovalle, quienes podrán actuar uno cualquiera de ellos, separada e indistintamente. Otras estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 26 de mayo de 2022.