CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

C Pagos SpA

RUT 77571150-7 CVE 2136023
Capital
$1.000 CLP
Fecha instrumento
20 de mayo de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
20 de mayo de 2022
Notario
LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY
Oficio
8° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000 CLP

Objeto social

(a) la prestación de servicios de gestión y procesamiento de pagos, ya sea por sí o por intermedio de terceros, a través de cualquier medio, incluyéndose cualesquiera medios electrónicos y)o telemáticos, ya sea en Chile o en el extranjero, respecto de productos y)o servicios de distinta índole, y de transacciones de emisores nacionales e internacionales; (b) la prestación de servicios destinados a facilitar el cumplimiento de los fines de los bancos e instituciones financieras, tales como la recaudación de pagos, por cuenta propia o de terceros, y su procesamiento; la transferencia electrónica de información y de fondos; y la recopilación, registro, verificación, transferencia y distribución de información de acceso público referida a antecedentes comerciales y documentos mercantiles; (c) la prestación de servicios en línea de automatización de pago electrónico a personas naturales y jurídicas; (d) la automatización de gestión de procesos de cobranza; (e) actividades de agencia de cobranza; (f) la compra y cesión de créditos; (g) préstamos de dinero; (h) la prestación de asesorías financieras; (i) el diseño, programación, desarrollo e implementación de software para uso de terceros, aplicaciones, plataformas y páginas web relacionados con las actividades anteriormente descritas; (j) la prestación de servicios publicitarios, de promoción comercial y marketing en general, a través de medios tecnológicos y)o pantallas móviles y plataformas de internet en general, de los servicios descritos en las letras precedentes; (xi) el procesamiento y transmisión de datos, bases de datos y recursos en relación con los servicios descritos en las letras precedentes, o el acceso a dichos servicios, bases de datos y recursos de terceros a través de medios tecnológicamente viables, mediante los cuales se procesan y transmiten datos financieros, bancarios o económicos, incluyendo, especialmente, transacciones electrónicas; y (k) en general, cualesquiera otras actividades, negocios, inversiones o actos de comercio vinculados o no, directa o indirectamente con el objeto social, y que se acordare por el o los

Personas y entidades (3)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Inversiones Rengo Limitada socio 77571150-7
Inversiones La Cumbre Limitada socio 77578350-8
Transeo Chile Limitada socio 78913510-K

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, Abogado, Notario Público Titular de la 8° Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos número 941, local 302, comuna de Santiago, certifica: que por escritura pública de fecha 20 de mayo de 2022, repertorio número 7548/2022, ante mí: Inversiones Rengo Limitada, Rol Único Tributario N° 77.571.150-7; Inversiones La Cumbre Limitada, Rol Único Tributario N° 77.578.350-8; Transeo Chile Limitada, Rol Único Tributario N° 78.913.510-K; y Jaime Enrique Herreros Barriga, cédula de identidad N° 12.721.446-8; constituyeron una sociedad por acciones (en adelante, la “Sociedad”) de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: Razón Social: “C Pagos SpA”. Objeto: (a) la prestación de servicios de gestión y procesamiento de pagos, ya sea por sí o por intermedio de terceros, a través de cualquier medio, incluyéndose cualesquiera medios electrónicos y/o telemáticos, ya sea en Chile o en el extranjero, respecto de productos y/o servicios de distinta índole, y de transacciones de emisores nacionales e internacionales; (b) la prestación de servicios destinados a facilitar el cumplimiento de los fines de los bancos e instituciones financieras, tales como la recaudación de pagos, por cuenta propia o de terceros, y su procesamiento; la transferencia electrónica de información y de fondos; y la recopilación, registro, verificación, transferencia y distribución de información de acceso público referida a antecedentes comerciales y documentos mercantiles; (c) la prestación de servicios en línea de automatización de pago electrónico a personas naturales y jurídicas; (d) la automatización de gestión de procesos de cobranza; (e) actividades de agencia de cobranza; (f) la compra y cesión de créditos; (g) préstamos de dinero; (h) la prestación de asesorías financieras; (i) el diseño, programación, desarrollo e implementación de software para uso de terceros, aplicaciones, plataformas y páginas web relacionados con las actividades anteriormente descritas; (j) la prestación de servicios publicitarios, de promoción comercial y marketing en general, a través de medios tecnológicos y/o pantallas móviles y plataformas de internet en general, de los servicios descritos en las letras precedentes; (xi) el procesamiento y transmisión de datos, bases de datos y recursos en relación con los servicios descritos en las letras precedentes, o el acceso a dichos servicios, bases de datos y recursos de terceros a través de medios tecnológicamente viables, mediante los cuales se procesan y transmiten datos financieros, bancarios o económicos, incluyendo, especialmente, transacciones electrónicas; y (k) en general, cualesquiera otras actividades, negocios, inversiones o actos de comercio vinculados o no, directa o indirectamente con el objeto social, y que se acordare por el o los accionistas. Capital: $1.000.000 dividido en 1.000.000 acciones ordinarias, nominativas, de la misma serie y sin valor nominal, el cual se suscribe y paga de la siguiente forma: (a) Con la suma de $257.970, correspondiente a 257.970 acciones suscritas y pagadas por Inversiones Rengo Limitada; (b) Con la suma de $257.970, correspondiente a 257.970 acciones suscitas y pagadas por Inversiones La Cumbre Limitada; (c) Con la suma de $257.970, correspondiente a 257.970 acciones suscritas y pagadas por Transeo Chile Limitada; (d) Con la suma de $85.941, correspondiente a 85.941 acciones suscritas y pagadas por Juan Enrique Herreros Barriga; (e) Con la suma de $100.000, correspondiente a 100.000 acciones destinadas a la implementación de un plan de compensación para trabajadores y asesores, las que deberán ser suscritas y pagadas dentro de un plazo máximo de cinco años contados desde la fecha de la escritura. (f) Con la suma de $40.148, correspondiente a 40.148 acciones, que deberán ser suscritas y pagadas dentro de un plazo de dos años contados desde la fecha de la escritura. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 26 de mayo de 2022.