Sociedad de Inversiones El Mauco Limitada
Instrumento
- Fecha
- 13 de abril de 2022
- Notario
- otorgada ante Notario Público de Santiago don Osvaldo Pereira
- Oficio
- Notaria Décimo Cuarta ubicada en calle Teatinos número Cuatrocientos Cuarenta y Nueve
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $4.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCHRISTIAN ALEJANDRO ORTIZ CACERES, Notario Suplente de la 7ª Notaría de Santiago, Agustinas 1161, Entrepiso, Certifica: Por escritura pública suscrita ante Doña PAULINA CONSTANZA ESTAY CALZADILLA, Notario Suplente de la Titular doña María Soledad Santos Muñoz, con fecha 13/04/2022. Don CARLOS HERMANN ROHDE PFINGSTEN, Ingeniero Civil Mecánico, chileno, casado con separación de bienes, domiciliado en Calle Luís Carrera número Mil doscientos cuarenta y ocho, departamento número cincuenta y cuatro, comuna de Vitacura, en esta ciudad; doña XIMENA TERESA ITURRA OLIVARES, factor de comercio, chilena, casada con separación de bienes, domiciliada Calle Luís Carrera número Mil doscientos cuarenta y ocho, departamento número cincuenta y cuatro, comuna de Vitacura, en esta ciudad; doña XIMENA ANDREA ROHDE ITURRA, Médico Veterinario, chilena, casada en sociedad conyugal, declara que actúa bajo su patrimonio reservado de mujer casada en conformidad con lo prescrito en el artículo ciento cincuenta del código civil, domiciliada para éstos efectos en Calle Luís Carrera número Mil doscientos cuarenta y ocho, departamento número cincuenta y cuatro, comuna de Vitacura, en esta ciudad, representada en este acto por don CARLOS HERMANN ROHDE PFINGSTEN, ya individualizado; y don HERBERT ROHDE ITURRA, Abogado, chileno, casado con separación de bienes, domiciliado para éstos efectos en Calle Luís Carrera número Mil doscientos cuarenta y ocho, departamento número cincuenta y cuatro, comuna de Vitacura, en esta ciudad, todos mayores de edad, modificaron la sociedad “Sociedad de Inversiones El Mauco Limitada”. RUT 76.063.474-3. Capital $4.000.000; a) Esta sociedad se inscribió a fojas 31619 número 21616, con fecha 10 de Julio de 2009 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes raíces de Santiago y el extracto se publicó en el Diario Oficial el 11 de Julio del 2009; b) Que por escritura pública de catorce de octubre de dos mil trece, repertorio número veintitrés mil seiscientos setenta y seis, otorgada ante Notario Público de Santiago don Osvaldo Pereira, Abogado, Notario Público, titular de la Notaria Décimo Cuarta ubicada en calle Teatinos número Cuatrocientos Cuarenta y Nueve, Piso Seis, de Santiago, los comparecientes Carlos Hermann Rohde Pfingsten, Ximena Teresa Iturra Olivares, Ximena Andrea Rohde Iturra y Herbert Rohde Iturra, modificaron la Sociedad de Inversiones El Mauco Limitada; c) Que por escritura pública de siete de febrero de dos mil catorce, repertorio número dos mil treinta y nueve, otorgada ante Notario Público de Santiago don Hernán Cuadra Gazmuri, Titular de la Primera Notaría de esta ciudad, los comparecientes Carlos Hermann Rohde Pfingsten, Ximena Teresa Iturra Olivares, Ximena Andrea Rohde Iturra y Herbert Rohde Iturra, sanearon la modificación de la Sociedad de Inversiones El Mauco Limitada; se inscribió el saneamiento a fojas veinticuatro mil novecientos noventa y ocho número quince mil setecientos treinta y ocho, con fecha tres de abril de dos mil catorce del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago y el extracto se publicó en el Diario Oficial el siete abril del año dos mil catorce. Cesión de Derechos Sociales: a) En este acto y por este instrumento, don Carlos Hermann Rohde Pfingsten vende, cede y transfiere el diez por ciento de sus derechos sociales de la sociedad equivalentes a un diez por ciento del capital social y diez por ciento de sus utilidades a don Herbert Rohde Iturra, quien compra, acepta y adquiere para sí, con el consentimiento de los demás comparecientes; b) En este acto y por este instrumento, doña Ximena Teresa Iturra Olivares vende, cede y transfiere el diez por ciento de sus derechos sociales de la sociedad equivalentes a un diez por ciento del capital social y diez por ciento de sus utilidades a doña Ximena Andrea Rohde Iturra, quien compra, acepta y adquiere para sí, con el consentimiento de los demás comparecientes. Modificación estatutaria: En virtud de la cesión de derechos sociales que dan cuenta las cláusulas anteriores, los únicos y actuales socios de “Sociedad de Inversiones El Mauco Limitada” y sus proporciones son las siguientes: a) don Carlos Hermann Rohde Pfingsten, con un veinticinco por ciento de los derechos sociales, equivalentes a un veinticinco por ciento del capital social y veinticinco por ciento de las utilidades sociales y eventuales perdidas sociales; b) don Herbert Rohde Iturra, con un veinticinco por ciento de los derechos sociales, equivalentes a un veinticinco por ciento del capital social y veinticinco por ciento de las utilidades sociales y eventuales perdidas sociales; c) Ximena Teresa Iturra Olivares, con un veinticinco por ciento de los derechos sociales, equivalentes a un veinticinco por ciento del capital social y veinticinco por ciento de las utilidades sociales y eventuales perdidas sociales; y d) Ximena Andrea Rohde Iturra, con un veinticinco por ciento de los derechos sociales, equivalentes a un veinticinco por ciento del capital social y veinticinco por ciento de las utilidades sociales y eventuales perdidas sociales. Precio de las Cesiones y renuncia de la acción resolutoria: a) El precio de la cesión de los derechos sociales celebrada entre Carlos Hermann Rohde Pfingsten y don Herbert Rohde Iturra es la suma de cuatro millones de pesos que se pagan en este mismo acto en dinero en efectivo; b) El precio de la cesión de los derechos sociales celebrada entre doña Ximena Teresa Iturra Olivares y doña Ximena Andrea Rohde Iturra es la suma de cuatro millones de pesos que se pagan en este mismo acto en dinero en efectivo. Todos los socios señalados renuncian a la acción resolutoria que pudiera derivarse de la presente cesión de derechos sociales. En todo lo no modificado queda vigente pacto social primitivo. Demás estipulaciones constan escritura extractada. SANTIAGO, 25 de Mayo de 2022.