TELEFÓNICA INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO CHILE SpA
Instrumento
- Fecha
- 11 de mayo de 2022
- Notario
- ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- Trigésima Sexta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- Su domicilio será la ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La Sociedad tiene por
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción N° 65, piso 2, comuna de Providencia, certifico: Que por escritura pública de fecha 11/05/2022, REP. N°9851 - 2022, ante mí: se redujo el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas celebrada también ante mí, el mismo día, de la sociedad TELEFÓNICA INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO CHILE SpA, en la cual se acordó aprobar la transformación de la sociedad, de una Sociedad por Acciones a una Sociedad Anónima cerrada, cuya razón social será “TELEFÓNICA INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO CHILE S.A.”, y en consecuencia fijar el nuevo texto del Estatuto Social, el cual se procede a extractar en la parte pertinente: Razón social: TELEFÓNICA INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO CHILE S.A. Domicilio: Su domicilio será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales o representaciones que pueda establecer en otros puntos del país o en el extranjero. Duración: La Sociedad tiene una duración indefinida. Objeto: La Sociedad tiene por objeto: A) La realización de actividades de Investigación y Desarrollo (I+D) encaminadas principalmente, aunque no en forma exclusiva, al estudio y elaboración de documentación para Desarrollos de productos, Desarrollos exploratorios, Investigaciones aplicadas, Informes de carácter tecnológicos, Consultorías de carácter técnico, Estudios de situación sobre Técnicas y Tecnologías, servicios de ensayo, control de calidad y auditorías, en el campo de la informática, de las telecomunicaciones, de la información, de la comunicación y de la telemática. B) Participación en proyectos y desarrollo de actividades de investigación y desarrollo, de carácter nacional o transnacional, mediante la creación de empresas comunes, la integración en consorcio con terceras empresas, la formalización de acuerdos de subcontratación, especialización o cooperación, y el intercambio de informaciones y conocimientos científicos y tecnológicos en el campo de la informática y de las comunicaciones y cualquier otro campo. C) La prestación y recepción de servicios de asistencia técnica, formación profesional, así como el intercambio de científicos, ingenieros y otros especialistas. D) Constituir, mantener o adquirir conocimientos de carácter tecnológicos o comercial bajo cualquier forma de protección jurídica de la propiedad industrial e intelectual. E) La organización de seminarios y otros encuentros sobre temas específicos relacionados con el sector de las tecnologías, de la informática, de las comunicaciones u otros sectores. F) La realización de proyectos de investigación comunes con repartos de costos y trabajos en el marco de acuerdos específicos. G) La participación y patrocinio de actividades conjuntamente con centros universitarios y otros organismos públicos, nacionales o extranjeros. H) La comercialización y/o explotación, mediante ventas, otorgamiento de licencias, cesiones de uso u otros acuerdos, de los conocimientos y servicios generados o adquiridos por la sociedad. Las actividades enumeradas se ejercitarán con sujeción a las disposiciones legales de aplicación en la materia y previa obtención, en los casos que fuere necesario de las autorizaciones o licencias administrativas o de otra índole que corresponda. Todas las actividades que integran el objeto social podrán desarrollarse tanto en Chile como en el extranjero, y podrá la sociedad desarrollarlas por sí misma o participando en las actividades de otras sociedades de análogo objeto cuya fundación, constitución o creación podrá promover o en cuyo capital podrá participar. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de un millón de pesos, dividido en un millón de acciones nominativas, ordinarias y de una misma serie y sin valor nominal, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado, en conformidad a lo indicado en el artículo primero transitorio. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, a 17 de mayo de 2022.