Instrumento
- Fecha
- 24 de mayo de 2022
- Notario
- NANCY DEL CARMEN MUÑOZ MIÑO
- Domicilio
- Titular
Sociedad
- Capital
- $100.000.000 CLP
- Domicilio
- Constitución
- Duración
- tendrá una duración de 5 años, prorrogable automáticamente por periodos iguales y sucesivos de 5 años, salvo que los socios o accionistas manifestaren su voluntad de ponerle termino al final del periodo que estuviere en curso, mediante escritura pública cuyo contenido se anotara al margen de la inscripción social, todo con una anticipación de a lo menos tres meses al termino del respectivo periodo
Objeto social
el objeto de la sociedad será el siguiente: La compra venta y arriendo de canchas para la práctica de padel, y cualquier otra actividad deportiva, la explotación de toda clase de establecimientos comerciales destinados al giro de actividades deportivas y todo lo relacionado con dichas actividades incluyendo la promoción y difusión y la presentación de toda clases de bienes y servicios relacionados, la habilitación y comercialización del club house, movimientos de tierra, obras civiles, albañilería y obras menores, arriendo y compra de maquinaria industrial, Inversión en todo tipo de negocios, tanto inmobiliarios como de bienes muebles, la compra, venta, arriendo y cualquier otra clase de acto jurídico que permita desarrollar el giro de inversión en toda clase de negocios de bienes muebles o inmuebles propios, la compra o venta de dichos bienes, su arriendo, administración o cualquier otra forma de explotación; el desarrollo de proyectos inmobiliarios; por cuenta propia; así como la inversión en valores, bonos, acciones o cualesquiera títulos transables, en general cualquier objeto que la junta de accionistas acuerde.-Domicilio: La sociedad tendrá su domicilio en la ciudad de Constitución, sin perjuicio de las sucursales o agencias que los socios acuerden establecer en otros lugares del país o del extranjero
Administración
Se nombra como administrador de la sociedad de acuerdo a lo dispuesto en la ley y para que actúe en los términos señalados en el ARTÍCULO QUINTO de estos estatutos a don JOHN ALEJANDRO BURBOA SALAZAR, ya individualizado, quien, anteponiendo su firma a la razón social, tendrá todas y cada una de las facultades indicadas en el ARTÍCULO QUINTO de los estatutos
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| JUAN CARLOS CERPA LOYOLA | socio | 14461392-9 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalNANCY DEL CARMEN MUÑOZ MIÑO, abogada, Notario Público Suplente del Titular, Álvaro Mera Correa, con Oficio de calle O´Higgins 499-A, de esta ciudad certifica: por escritura de fecha 24 de mayo del año 2022, ante mi don don JOHN ALEJANDRO BURBOA SALAZAR, soltero, ingeniero forestal, cédula nacional de identidad y Run número 12.917.747-0, domiciliado en Parcela 58 Loteo El Golf Quivolgo, comuna de Constitución; don DIEGO ALEJANDRO BURBOA OPAZO, soltero, estudiante, cédula nacional de identidad y Run 21.538.157-9, domiciliado en Parcela 58 Loteo El Golf Quivolgo, comuna de Constitución y doña ADELAIDA TRINIDAD OPAZO LEPE, soltera, técnico en enfermería de nivel superior, cédula nacional de identidad número 14.022.0062-0, domiciliada en Parcela 58 Loteo El Golf Quivolgo, comuna de Constitución. - Los comparecientes mayores de edad, quiénes acreditan su identidad con la cédula citada, y exponen vienen en constituir una sociedad por acciones, la que se regirá por las estipulaciones de sus estatutos, que a continuación se transcriben, por las disposiciones de la ley número veinte mil ciento noventa, sobre mercado de capitales y dieciocho mil cuarenta y seis sobre Sociedades Anónimas, sus modificaciones y su Reglamento, supletoriamente, además por el Código de Comercio y el Código Civil. El nombre de la sociedad será QUIVOLGO PADEL SpA que se regirá por las estipulaciones de estos estatutos y, en silencio de ellos, por las disposiciones de la ley número veinte mil cientos nueve, sobre Mercado de Capitales y dieciocho mil dieciocho mil cuarenta y seis sobre Sociedades Anónimas, sus modificaciones y su Reglamento, supletoriamente, además por el Código de Comercio y el Código Civil. Su domicilio será la ciudad de Constitución, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Objeto: el objeto de la sociedad será el siguiente: La compra venta y arriendo de canchas para la práctica de padel, y cualquier otra actividad deportiva, la explotación de toda clase de establecimientos comerciales destinados al giro de actividades deportivas y todo lo relacionado con dichas actividades incluyendo la promoción y difusión y la presentación de toda clases de bienes y servicios relacionados, la habilitación y comercialización del club house, movimientos de tierra, obras civiles, albañilería y obras menores, arriendo y compra de maquinaria industrial, Inversión en todo tipo de negocios, tanto inmobiliarios como de bienes muebles, la compra, venta, arriendo y cualquier otra clase de acto jurídico que permita desarrollar el giro de inversión en toda clase de negocios de bienes muebles o inmuebles propios, la compra o venta de dichos bienes, su arriendo, administración o cualquier otra forma de explotación; el desarrollo de proyectos inmobiliarios; por cuenta propia; así como la inversión en valores, bonos, acciones o cualesquiera títulos transables, en general cualquier objeto que la junta de accionistas acuerde.-Domicilio: La sociedad tendrá su domicilio en la ciudad de Constitución, sin perjuicio de las sucursales o agencias que los socios acuerden establecer en otros lugares del país o del extranjero. Duración: tendrá una duración de 5 años, prorrogable automáticamente por periodos iguales y sucesivos de 5 años, salvo que los socios o accionistas manifestaren su voluntad de ponerle termino al final del periodo que estuviere en curso, mediante escritura pública cuyo contenido se anotara al margen de la inscripción social, todo con una anticipación de a lo menos tres meses al termino del respectivo periodo. Capital Social: $100.000.000.- El capital de la sociedad es la suma de $100.000.000 (CIEN MILLONES DE PESOS), dividido en CIEN acciones nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, de tal manera que cada acción tendrá derecho a voto; que se entera y pagan de la siguiente manera: A) Que el accionista don JOHN ALEJANDRO BURBOA SALAZAR suscribe en este acto 90 acciones las que pagara y/o enterara de la siguiente manera, con el aporte de dominio del siguiente inmueble; denominado LOTE TREINTA Y CUATRO, que formó parte del resto de la HIJUELA ORIENTE del POTRERO MAULE y sus cerros anexos; e HIJUELA PONIENTE del POTRERO MAULE, que formaba parte a su vez resto de una propiedad Mayor denominada RESTO DE LA HIJUELA SUR DE LA EXHACIENDA QUIVOLGO, ubicada en la Comuna de Constitución que según plano que se encuentra agregado al final del Registro de Propiedad de este Conservador del año dos mil cuatro bajo el número SESENTA Y UNO, que tiene una superficie aproximada de CINCO MIL QUINIENTOS DIEZ METROS CUADRADOS y los siguientes deslindes particulares: AL NORTE, en ciento veintidós metros con Celulosa Arauco; AL SUR, en ochenta y cuatro metros con camino interior; AL ORIENTE, en cincuenta y ocho metros con camino interior; y AL PONIENTE, en cincuenta coma treinta metros con lote treinta y cinco. Adquirió lo anterior por compraventa que le hiciera a don JUAN CARLOS CERPA LOYOLA, Cédula Nacional de Identidad número 14.461.392-9, divorciado, contador auditor, domiciliado en calle Montt número 295, Departamento 105, Comuna de Constitución y a la Sociedad INMOBILIARIA E INVERSIONES EL DESPERTAR SpA, rol Unico Tributario número 77.184.107-4, persona jurídica del giro de su denominación, con domicilio en la ciudad de Constitución representada por sus socios don ALVARO ULISES BECERRA ROJAS, Cédula nacional de identidad número 14.461.525-5, ingeniero comercial, casado y doña ANA MARIA MADAZIO RAHAL FARHAT, pasaporte N°YC023183, administradora hotelera, brasileña, casada, ambos domiciliados en 7E Denning Road, NW3 1ST, Londres, Reino Unido, Figura con el Rol de Avalúo de la Comuna de Constitución N°659-4, encontrándose exenta del pago de contribuciones.- el titulo de dominio a favor del aportante rola inscrito a fojas 1308 vuelta número 1161 del registro de propiedad del conservador de viene raíces de Constitución del año 2021.- dicho aporte es valorizado por el aportante en la suma 90.000.000 (noventa millones de pesos), ingresando el inmueble a la sociedad en el valor indicado, por lo que se da por cancelado y aportado el capital social en lo relativo al socio John Alejandro Burboa Salazar; B) Que el accionista don DIEGO ALEJANDRO BURBOA OPAZO, suscribe en este acto 5 acciones las que pagara y/o enterara de la siguiente manera, con DOSCIENTOS MIL DE PESOS ($200.000) en dinero efectivo, que ingresan de inmediato a la caja social, y el saldo de 4.800.000 (cuatro millones ochocientos mil pesos) serán ingresados durante los próximos dos años, con cargo a las utilidades o pagado por este de acuerdo a lo que se refleje en los asientos contables, por lo que se da por cancelado y aportado el capital social respecto de Diego Alejandro Burboa Opazo; C) Que el accionista doña ADELAIDA TRINIDAD OPAZO LEPE, suscribe en este acto 5 acciones las que pagara y/o enterara de la siguiente manera, con DOSCIENTOS MIL DE PESOS ($200.000) en dinero efectivo, que ingresan de inmediato a la caja social, y el saldo de 4.800.000 (cuatro millones ochocientos mil pesos) serán ingresados durante los próximos dos años, con cargo a las utilidades o pagado por este de acuerdo a lo que se refleje en los asientos contables, por lo que se da por cancelado y aportado el capital social respecto de Adelaida Trinidad Opazo Lepe; Administración: Se nombra como administrador de la sociedad de acuerdo a lo dispuesto en la ley y para que actúe en los términos señalados en el ARTÍCULO QUINTO de estos estatutos a don JOHN ALEJANDRO BURBOA SALAZAR, ya individualizado, quien, anteponiendo su firma a la razón social, tendrá todas y cada una de las facultades indicadas en el ARTÍCULO QUINTO de los estatutos. Demás estipulaciones escritura extractada.- Constitución, 25 de mayo de 2022.-