RODRIGUEZ, AGUIRRE Y COMPAÑÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 24 de mayo de 2022
- Notario
- HÉCTOR ENRIQUE BOBADILLA TOLEDO
- Oficio
- Primera Notaría de Talca
- Comuna
- Talca
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad y los socios será la comuna de Pencahue
- Duración
- 10 años desde escritura, renovables automáticamente por periodos iguales
Objeto social
El objeto de la sociedad será el desarrollo de cualquier actividad agrícola en general, ganadera y forestal y, todo lo que se relacione directa o indirectamente con esta actividad y cualquier otra que acuerden los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHÉCTOR ENRIQUE BOBADILLA TOLEDO, Notario Público Interino de la Primera Notaría de Talca, 1 Norte 963 Oficina 103, certifica: Por escritura pública ante mí, de 24 mayo 2022, REPERTORIO Nº 1210-2022, comparecieron, JAVIER IGNACIO RODRIGUEZ LAFOURCADE, ISIDORA PAZ RODRIGUEZ LAFOURCADE, PABLO IGNACIO RODRIGUEZ GUARDA, ESPERANZA RODRIGUEZ GUARDA, VICENTE ANDRES RODRIGUEZ ZAROR, MARIA TRINIDAD RODRIGUEZ ZAROR, FRANCISCO JAVIER AGUIRRE RODRIGUEZ, JOSE IGNACIO AGUIRRE RODRIGUEZ, y MARIA JESUS AGUIRRE RODRIGUEZ, todos chilenos, mayores de edad, con domicilio para estos efectos en lote cinco fundo El Guindo, comuna de Pencahue; constituyeron sociedad comercial responsabilidad limitada. Razón Social: "RODRIGUEZ, AGUIRRE Y COMPAÑÍA LIMITADA", nombre de fantasía " AGRICOLA, GANADERA Y FORESTAL PUCARÁ DEL GUINDO LTDA.".- Objeto: El objeto de la sociedad será el desarrollo de cualquier actividad agrícola en general, ganadera y forestal y, todo lo que se relacione directa o indirectamente con esta actividad y cualquier otra que acuerden los socios. Domicilio: El domicilio de la sociedad y los socios será la comuna de Pencahue, sin perjuicio de poder establecer agencias o sucursales en el resto del país o el extranjero. Administración y Uso Razón Social: corresponderá corresponderá indistintamente a uno cualquiera de los señores Isidora Paz Rodríguez Lafourcade, Javier Ignacio Rodríguez Lafourcade, Pablo Ignacio Rodríguez Guarda, José Ignacio Aguirre Rodríguez y Vicente Andrés Rodríguez Zaror, con facultades señaladas en escritura. Capital: $10.000.000. El capital social es aportado de la siguiente manera: Javier Ignacio Rodriguez Lafourcade, ingresa en este acto en dinero a las arcas sociales $500.000, y saldo de $750.000 dentro del plazo de 3 años contados desde esta fecha y a medida que las necesidades sociales lo requieran; Isidora Paz Rodríguez Lafourcade, ingresa en este acto en dinero a las arcas sociales $500.000, y saldo de $750.000 dentro del plazo de 3 años contados desde esta fecha y a medida que las necesidades sociales lo requieran; Pablo Ignacio Rodríguez Guarda, Esperanza Rodríguez Guarda, ingresa en este acto en dinero a las arcas sociales $500.000, y saldo de $750.000 dentro del plazo de 3 años contados desde esta fecha y a medida que las necesidades sociales lo requieran; Francisco Javier Aguirre Rodríguez, ingresa en este acto en dinero a las arcas sociales $500.000, y saldo de $333.333 dentro del plazo de 3 años contados desde esta fecha y a medida que las necesidades sociales lo requieran; José Ignacio Aguirre Rodríguez, ingresa en este acto en dinero a las arcas sociales $500.000, y saldo de $333.333 dentro del plazo de 3 años contados desde esta fecha y a medida que las necesidades sociales lo requieran; María Jesús Aguirre Rodríguez, ingresa en este acto en dinero a las arcas sociales $500.000, y saldo de $333.333 dentro del plazo de 3 años contados desde esta fecha y a medida que las necesidades sociales lo requieran; Vicente Andrés Rodríguez Zaror, ingresa en este acto en dinero a las arcas sociales $500.000, y saldo de $500.000 dentro del plazo de 3 años contados desde esta fecha y a medida que las necesidades sociales lo requieran; quinientos mil pesos, dentro del lapso de tres años a contar de esta María Trinidad Rodríguez Zaror, ingresa en este acto en dinero a las arcas sociales $500.000, y saldo de $1.000.000 dentro del plazo de 3 años contados desde esta fecha y a medida que las necesidades sociales lo requieran. En consecuencia, del capital se encuentra ingresado la suma de $4.500.000 y el saldo de $5.500.000 será enterado por los socios dentro del lapso de tres años a contar desde la fecha de esta escritura y a medida que las necesidades sociales lo requieran. Responsabilidad: Limitada al monto respectivos aportes. Duración: 10 años desde escritura, renovables automáticamente por periodos iguales. Demás estipulaciones escritura extractada. Talca, 24 Mayo 2022.