INVERSIONES AFG LIMITADA
Instrumento
- Notario
- WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ
- Oficio
- 49° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $10.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- 5 años a contar escritura, prorrogables por iguales y sucesivos periodos de 10 años
Objeto social
La inversión, adquisición, enajenación, compra, venta, comercialización, distribución, arriendo, importación y exportación de todo tipo de bienes muebles o inmuebles. Toda otra actividad que los socios acuerden; Administración y Uso
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalWLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ, Notario Público, titular de la 49° Notaría de Santiago, con oficio en calle Hermanos Amunátegui 73, comuna de Santiago, certifica: Por escritura de fecha 27 de Abril del 2022, ante Sergio Daniel Ulloa Ojeda, Notario Suplente, certifico: ROBERTO ANIBAL CARMONA PORTUGUEZ, C.I. Nª 18.769.138-9, y ADRIANA DE LOS ANGELES GARCIA INAGAS, C.I. Nª 26.448.472-3, todos domiciliados en Avda. Manuel Rivas Vicuña 641, Estación Central, constituyeron sociedad de responsabilidad Limitada, Razón social: INVERSIONES AFG LIMITADA, nombre de fantasía AFG LTDA.; Domicilio: Santiago, sin perjuicio otras agencias o sucursales en ciudades o lugares del país; Duración: 5 años a contar escritura, prorrogables por iguales y sucesivos periodos de 10 años; Objeto: La inversión, adquisición, enajenación, compra, venta, comercialización, distribución, arriendo, importación y exportación de todo tipo de bienes muebles o inmuebles. Toda otra actividad que los socios acuerden; Administración y Uso Razón social: corresponde a FERNANDO ANDRES GUTIERREZ PÓRTUGUEZ, amplias facultades; Capital: $10.000.000-, que aportan y pagan, en las proporciones siguientes, a) ROBERTO ANIBAL CARMONA PORTUGUEZ aporta la suma $7.000.000 pesos que corresponden al 70% de los derechos sociales, b) ADRIANA DE LOS ANGELES GARCIA INAGAS, aporta la suma de $3.000.000 de pesos que corresponden al 30% de los derechos sociales, en este mismo acto, dinero efectivo, ingresado caja social; Socios limitan sus responsabilidades personales al monto respectivos aportes sociales; Demás menciones escritura que extracto. Santiago, 05 de Mayo de 2.022.-