TRANSPORTES JOSE LUIS MOURE SpA
Instrumento
- Fecha
- 27 de abril de 2022
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- Trigésima Sexta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
- Asimismo los administradores contarán con las facultades enunciadas en escritura extractada
Administración
La administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá única y exclusivamente a don José Luis Moure Oportot y a don José Luis Moure Barros, quienes actuando de manera individual uno cualquiera de ellos, y anteponiendo a su firma la razón social, contarán con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción número sesenta y cinco, piso dos, comuna de Providencia, Santiago, certifico: Por escritura publica de fecha 27 de abril del año 2022, ante mí: la sociedad AGRICOLA E INMOBILIARIA SANTA LAURA SpA, representada, en su calidad de actual y única accionista, según registro de accionistas que he tenido a la vista, acordó modificación de la sociedad TRANSPORTES JOSE LUIS MOURE SpA, inscrita a fojas 28.640, número 19.695 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2008, de la siguiente manera: I. Modificación de Administración: La administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá única y exclusivamente a don José Luis Moure Oportot y a don José Luis Moure Barros, quienes actuando de manera individual uno cualquiera de ellos, y anteponiendo a su firma la razón social, contarán con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social.- Asimismo los administradores contarán con las facultades enunciadas en escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 18 de mayo de 2022.-