TRANSPORTES BUENO SpA
Instrumento
- Fecha
- 2 de mayo de 2022
- Repertorio
- 13635-2013
- Notario
- OLIMPIA SCHNEIDER MOENNE-LOCCOZ
- Oficio
- 31. Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.500.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalOLIMPIA SCHNEIDER MOENNE-LOCCOZ, Notario Público Titular 31. Notaría Santiago, Huérfanos 1055, local 328; Certifico: Por escritura pública hoy ante mí; don IVAN ANDRES BUENO MIRANDA, chileno, soltero, técnico superior en administración de redes, cédula de identidad número dieciséis millones ciento cuarenta y cuatro mil trescientos veinte guión cuatro, y don DANIEL FRANCISCO BUENO MIRANDA, chileno, casado, técnico en mecánica automotriz, cédula de identidad número dieciséis millones seiscientos treinta y seis mil setecientos cuarenta y nueve guión dos, ambos domiciliados para estos efectos en calle Arturo Pérez Canto número dos mil once, comuna de Conchalí; modifican TRANSPORTES BUENO SpA, Rol único Tributario 76.296.205-5, constituida por instrumento privado, autorizado y protocolizado de fecha 07/05/2013, repertorio 13635-2013, ante don RENE BENAVENTE CASH, Notario Público, Titular Cuadragésimo Quinta Notaria Santiago, con oficio en Huérfanos 979, Séptimo piso, Santiago, inscrita a fojas 40.545 N°27.105, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, año 2013, publicada en el D.O. del 01/06/2013. A la fecha el Capital Accionario asciende a la suma de $1.500.000, divididos en una sola serie de acciones por la cantidad de 15.000, que se encuentra suscrito y pagado de la siguiente forma: a) Don IVAN ANDRES BUENO MIRANDA, suscribió y pagó 7.500 acciones, por un valor total de $750.000; y b) don DANIEL FRANCISCO BUENO MIRANDA, suscribió y pagó 7.500 acciones, por un valor total de $750.000. Modificación consiste en que, por compraventa de acciones que da cuenta la escritura extractada, el único y actual accionista de sociedad, don DANIEL FRANCISCO BUENO MIRANDA, acuerda modificar el ARTICULO SEGUNDO TRANSITORIO del pacto social, en el sentido que la administración de la sociedad y el uso de la razón social le corresponderá exclusivamente a don DANIEL FRANCISCO BUENO MIRANDA, con las mismas facultades y atribuciones señaladas en el artículo UNDECIMO, señalado en la referida cláusula del pacto social.- Santiago, 2 de mayo de 2022.