DIGIWEB SpA
Instrumento
- Fecha
- 9 de julio de 2018
- Notario
- CLAUDIA MARCELA GÓMEZ LUCARES
- Oficio
- 50° Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $3.000.000 CLP
Administración
El administrador, anteponiendo el nombre de la sociedad o razón social a su firma la representará con las más amplias facultades y poderes descritos en sus estatutos de constitución.- En todo lo no modificado por el presente instrumento queda plenamente vigente lo estipulado en el contrato social.- Santiago, 25)04)2022
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCLAUDIA MARCELA GÓMEZ LUCARES, Notario Público Titular 50° Notaria de Santiago, oficio Teatinos 371, oficina 113, Santiago, certifica: por escritura pública hoy ante mí, don LUTGARDO PATRICIO GALLO VARELA, chileno, casado, ingeniero comercial, C.I. n° 5.711.171-2, domiciliado, para estos efectos, en Canal Puyuhuapi número veintitrés guión ochenta y siete, Condominio Patagonia Uno, comuna de Maipú, ciudad de Santiago, Región Metropolitana; modificó sociedad por acciones según extracto. Antecedentes: Que, según consta en Libro de Accionistas tenido a la vista, don LUTGARDO PATRICIO GALLO VARELA es el único y actual socio de la sociedad “DIGIWEB SpA", constituida por Escritura Pública de fecha 09/07/2018, otorgada en la Notaría de Santiago de don Alberto Eduardo Rojas López, bajo el repertorio número 1.829-2.018, inscrita a fojas 51.574 número 26.708 del Registro de Comercio del año 2.018 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. RUT n° 76.902.202-3. El capital estatutario asciende a la suma de $3.000.000, dividido en 3.000 acciones.- Modificación: Que, por el presente Instrumento, y en su calidad de único accionista, como ya se señaló, el compareciente, viene en modificar el estatuto social constitutivo, designando como nuevo administrador de la referida sociedad a don LUTGARDO PATRICIO GALLO VARELA, ya individualizado, a quien corresponderá, además, su representación y el uso de la razón social. El administrador, anteponiendo el nombre de la sociedad o razón social a su firma la representará con las más amplias facultades y poderes descritos en sus estatutos de constitución.- En todo lo no modificado por el presente instrumento queda plenamente vigente lo estipulado en el contrato social.- Santiago, 25/04/2022.-