Instrumento
- Fecha
- 17 de mayo de 2022
- Notario
- FELIX JARA CADOT
- Oficio
- Cuadragésima Primera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
- Domicilio
- ciudad Santiago
Objeto social
Será la compra, venta, importación, explotación, comercialización, representación de marcas, productos, piezas, repuestos, artículos, relacionado con maquinarias y equipos para uso industrial, doméstico y de servicios motrices o no, sean como unidad de trabajo individual o partes y piezas o accesorios de estas; y todo por cuenta propia o ajena
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFELIX JARA CADOT, Abogado, Notario Público titular de la Cuadragésima Primera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos mil ciento sesenta, subsuelo, comuna de Santiago, certifica que por escritura pública de fecha diecisiete de mayo del año 2022, Alejandro Herrera Herrera, Jaime Andrés González Villalon, Claudio Daniel Murua Astudillo, y Rodrigo Jose Murua Astudillo, constituyeron una sociedad por acciones. Nombre: “COMERCIALIZADORA EUROMAQUINAS SpA” pudiendo actuar ante bancos e Instituciones financieras y para fines comerciales con el nombre de fantasía “EUROMAQUINAS SpA”. Domicilio: ciudad Santiago, sin perjuicio de que pueda establecer otras agencias o sucursales en otras ciudades del país o del extranjero. Objeto: Será la compra, venta, importación, explotación, comercialización, representación de marcas, productos, piezas, repuestos, artículos, relacionado con maquinarias y equipos para uso industrial, doméstico y de servicios motrices o no, sean como unidad de trabajo individual o partes y piezas o accesorios de estas; y todo por cuenta propia o ajena. Capital: $10.000.000.- dividido en 100 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, totalmente suscrito en partes iguales por cada accionista, esto es, 25 acciones cada uno, y pagado en el acto por cada uno en la suma de $250.000.- El total del capital queda pagado en la suma $1.000.000.- los que ingresan en caja social, el saldo del capital suscrito, lo pagarán dentro del plazo de cinco contados desde la fecha de la presente escritura. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 17 mayo 2022.-