CENTRO DE FORMACIÓN TÉCNICA CENCO S.A.
Instrumento
- Fecha
- 20 de mayo de 2022
- Notario
- VALERIA RONCHERA FLORES
- Oficio
- Decima Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
Organización y mantención del Centro de Formación Técnica CENCO
Administración
La sociedad será administrada por un Directorio compuesto de tres miembros, sean o no accionistas de la sociedad, elegidos en Junta General de
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVALERIA RONCHERA FLORES, Abogado, Notario Publico Titular de la Decima Notaria de Santiago, con oficio en calle Agustinas mil doscientos treinta y cinco segundo piso, Santiago, Región Metropolitana que en Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad CENTRO DE FORMACIÓN TÉCNICA CENCO S.A. celebrada en mi presencia, el día 17 de mayo de dos mil veintidós, constituida por escritura pública de fecha cinco de febrero del año mil novecientos noventa y dos, inscrita en el Registro de Comercio a fojas seis mil cincuenta y dos vuelta número dos mil novecientos cuarenta y ocho del CBR de Santiago correspondiente al año mil novecientos noventa y dos, y publicada el Diario Oficial en su edición del día veinte de febrero del año mil novecientos noventa y dos y transformada a sociedad anónima e inscrita a veintiún mil trescientos noventa y cuatro número diecisiete mil doscientos treinta y uno del Registro de Comercio de Santiago año dos mil uno; cuya acta fue reducida a escritura pública ante mí, el día diecisiete de mayo de dos mil veintidós, ACORDARON modificar los estatutos en el sentido siguiente: Artículo Décimo Quinto: Suprimir el último párrafo de este Artículo que hace referencia a las funciones de representación, administración y responsabilidad que la Ley de Sociedades Anónimas en sus Artículos cuarenta y nueve y cincuenta otorgan al Gerente General. Dejando claro en la redacción del nuevo artículo que las funciones que ejerza el Gerente General deben ser delegadas por el Directorio de la Sociedad, por medio del otorgamiento de mandatos especiales cuyas facultades se indiquen de manera precisa. Artículo Décimo Séptimo: Suprimir de la redacción de este artículo la expresión de que el Rector “administrará los negocios de la sociedad con las más amplias facultades para ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenios que tiendan a la prosecución de su objeto social”. Artículo Vigésimo Primero: Se señala que del Director de Docencia dependerá el coordinador de la unidad de acompañamiento docente. Además, se indica que del Director de Educación a Distancia dependerá el coordinador de la unidad de acompañamiento socioafectivo. Artículo Vigésimo Segundo: Se señala que de la Dirección de Evaluación y Currículo dependerá el coordinador de la Unidad de Diseño Instruccional. Artículo Vigésimo Tercero: Se señala que del Director de Admisión y Registro Curricular dependerán los coordinadores de las unidades de Archivo Curricular y Titulación y el coordinador de la Unidad de Admisión. Artículo Trigésimo: Incorporar al texto del artículo que el nombramiento y remoción de este cargo será realizado por el Rector. Artículo Trigésimo Primero: Incorporar al texto del artículo que el nombramiento y remoción de este cargo será realizado por el Rector. Artículo Trigésimo Segundo: Incorporar al texto del artículo que el nombramiento y remoción de este cargo será realizado por el Rector. Artículo Trigésimo Segundo bis: Incorporar al texto del artículo que el nombramiento y remoción de este cargo será realizado por el Rector. Los Socios acordaron refundir nuevo texto de los Estatutos sociales incorporando las modificaciones pactadas como sigue: La RAZON SOCIAL será “CENTRO DE FORMACIÓN TÉCNICA CENCO S.A.”, pudiendo actuar además con el nombre de “C.F.T. CENCO S.A.”. OBJETO: Organización y mantención del Centro de Formación Técnica CENCO. CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma de trescientos noventa y dos millones cincuenta y seis mil doscientos ochenta y nueve pesos, dividido en diez mil acciones nominativas de igual valor, sin valor nominal, todas de una misma y única serie, sin privilegio alguno, se suscribe, entera y paga íntegramente en este acto de la siguiente forma: UNO) La Sociedad “INMOBILIARIA E INVERSIONES MOSQUETO SpA.”, por intermedio de su representante suscribe y paga nueve mil quinientas acciones, forma estipulada en esta escritura DOS) El Sr. LUIS HORACIO ROJAS MANSILLA, suscribe quinientas acciones, forma estipulada en esta escritura. DURACION: La duración de la Sociedad es indefinida. DOMICILIO: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago. ADMINISTRACIÓN: La sociedad será administrada por un Directorio compuesto de tres miembros, sean o no accionistas de la sociedad, elegidos en Junta General de Accionistas. La sociedad tendrá un Gerente General que será designado por el Directorio y que estará premunido de todas las facultades que expresamente le delegue este, por medio del otorgamiento de mandatos especiales, cuyas facultades se indiquen de manera precisa. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, a 20 de mayo de 2022.