CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

TRANSPORTES TRAVEL SUR SpA

RUT 15289544-5 CVE 2131691
Capital
$35.000 CLP
Notaría
Puerto Montt
Duración
Definida

Instrumento

Notario
María Paz Mardones Villarroel
Oficio
Titular de la Segunda Notaría de Puerto Montt
Comuna
Puerto Montt

Sociedad

Capital
$35.000 CLP
Domicilio
Ciudad Puerto Montt
Duración
3 años desde fecha escritura extractada, prorrogables tácita, sucesiva y automáticamente períodos de 3 año(s) cada uno, salvo que los socios o accionistas manifestaren su voluntad de ponerle termino al final del período que estuviere en curso, mediante escritura publica cuyo contenido se anotara al margen de la inscripción social, todo con una anticipación de a lo menos tres meses al termino del respectivo período

Objeto social

Realización de actividades de transporte de personas y renta de vehículos motorizados sin chofer. Administración, representación, uso razón social y nombre fantasía: corresponderá a Claudia Andrea Tejeda Miranda

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

María Paz Mardones Villarroel, Abogada, Notario Público Suplente del Titular de la Segunda Notaría de Puerto Montt, don Felipe San Martín Schröder, con oficio en esta ciudad, calle Urmeneta 414, certifica: Por escritura de fecha 11 de Mayo del 2022, ante mí: doña CLAUDIA ANDREA TEJEDA MIRANDA, chilena, empresaria, soltera, C.I. N° 15.289.544-5, domiciliada en Pedro Felix Oyarzún 640, Calbuco, constituyó sociedad por acciones. Domicilio: Ciudad Puerto Montt. Razón social: TRANSPORTES TRAVEL SUR SpA. Objeto: Realización de actividades de transporte de personas y renta de vehículos motorizados sin chofer. Administración, representación, uso razón social y nombre fantasía: corresponderá a Claudia Andrea Tejeda Miranda Capital: $35.000.000 en dinero efectivo ya enterado caja social. Duración: 3 años desde fecha escritura extractada, prorrogables tácita, sucesiva y automáticamente períodos de 3 año(s) cada uno, salvo que los socios o accionistas manifestaren su voluntad de ponerle termino al final del período que estuviere en curso, mediante escritura publica cuyo contenido se anotara al margen de la inscripción social, todo con una anticipación de a lo menos tres meses al termino del respectivo período. Demás estipulaciones en escritura extractada. Puerto Montt, Mayo 11 del 2022.-