Instrumento
- Fecha
- 29 de abril de 2022
- Notario
- VALERIA RONCHERA FLORES
- Oficio
- Décima Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $15.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVALERIA RONCHERA FLORES, Abogado, Notario Público Titular de la Décima Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas número mil doscientos treinta y cinco, Segundo Piso, CERTIFICO: Que Por escritura pública de fecha 29 de abril del año 2022, ante mi Suplente GIOVANNI ANTONIO PIRAÍNO AVELLO: don JOVAN ALEJANDRO JARAMILLO ZUÑIGA, chileno, soltero, ingeniero en alimentos, cédula de identidad N°15.213.474-6, domiciliado en Guanqueros N°12567, comuna La Pintana, Región Metropolitana De Santiago, con 50 acciones suscritas, de una sola serie y sin valor nominal, equivalentes a la suma de $15.000.000 de pesos del capital social, de las cuales 10 acciones se encuentran pagadas y 40 acciones por pagar, todas equivalentes al 50% del capital social; y don RICARDO DE JESUS MONTES IGLESIAS, venezolano, casado, Licenciado en química, cédula de identidad N°25.041.996-1, domiciliado en Exequiel Fernandez N°2324, departamento N°1509, comuna Macul, Región Metropolitana De Santiago, con 50 acciones suscritas, de una sola serie y sin valor nominal, equivalentes a la suma de $15.000.000 de pesos del capital social, de las cuales 10 acciones se encuentran pagadas y 40 acciones por pagar, equivalentes al 50% del capital social; modificaron la Sociedad por Acciones “GRUPO MONJA SpA”, inscrita a Fojas 14671, número 6924 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2022, siendo los únicos accionistas de la sociedad, según registro de accionista tenido a la vista por notario autorizante, en el sentido: PRIMERO: se modificó la razón social de la sociedad y el artículo primero respectivo quedando redactado de la siguiente forma: Artículo Primero: El nombre de la sociedad será GRUPO MONJA SpA, pudiendo a su vez actuar con el nombre de fantasía MONJA SpA, que se regirá por las estipulaciones de estos estatutos y, en silencio de ellos, por las disposiciones de la ley número veinte mil ciento noventa, sobre mercado de capitales y la ley dieciocho mil cuarenta y seis sobre sociedades anónimas, sus modificaciones y su reglamento, y de forma supletoria por el código de comercio y el código civil. Su domicilio será la comuna de Santiago, pudiendo establecer Agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Demás Estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 09 de mayo de 2022.