Instrumento
- Fecha
- 2 de mayo de 2022
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.500.000 CLP
Objeto social
El objeto de la Sociedad es (i) la compra, venta, importación, exportación, diseño, fabricación, distribución y comercialización de toda clase de bienes muebles, sea por cuenta propia o ajena, al por mayor o al detalle, a través de tiendas propias o ajenas, por internet o de cualquier otra forma; (ii) en general, ejecutar y celebrar todos los actos y contratos que los socios estimen necesarios o convenientes para tales objetivos; (iii) Para los efectos señalados anteriormente, la Sociedad podrá ejecutar, administrar y usar a cualquier título bienes muebles e inmuebles, como también ejecutar los actos y celebrar los contratos necesarios que tiendan directa o indirectamente al cumplimiento del objeto social; (iv) Realizar todo tipo de actividades de asesoramiento empresarial y gestión; (v) las inversiones en bienes corporales o incorporales, sean muebles o inmuebles, adquirirlos, explotarlos, administrarlos, comercializarlos, enajenarlos y darlos en arriendo, percibir e invertir sus fruto; (vi) además, la sociedad podrá asociarse con empresas similares o administrarlas y tomar la representación de personas naturales o jurídicas, sean nacionales o extranjeras, públicas o privadas en la celebración o ejecución de toda clase de actos y contratos, para la obtención de rentas o beneficios provenientes de toda clase de inversiones mobiliarias o inmobiliarias, incluyendo transacciones o inversiones en acciones, derechos sociales, bonos, debentures y efectos de comercio; (vii) la participación o administración a cualquier título en sociedades, comunidades o asociaciones de cualquier naturaleza que tengan relación con sus actividades; (viii) En general, la sociedad podrá contraer toda clase de obligaciones y realizar cualquier otra actividad o negocio que los socios acuerden llevar a efecto sin necesidad de modificar el pacto social y que permitan un mejor aprovechamiento de la organización de esta sociedad, sin limitación alguna; y en general, la realización de todos los actos y contratos conducentes al giro social
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHUMBERTO MIGUEL PRIETO CONCHA, Abogado, Notario Suplente, del Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, de don JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, con oficio en calle Huérfanos número ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 2 de mayo del año 2022, ante el titular, doña Marlene Villalón Salas, domiciliada en Martin De Zamora 3371 departamento 301, Las Condes; Marlen Eugenia Gac Villalón, domiciliada en Martín De Zamora 3371, departamento 301, Las Condes; y Juan Ignacio Gac Villalón, domiciliado en Martín De Zamora 3371, departamento 301, Las condes, constituyeron sociedad por acciones, de cuyos estatutos se extracta: Nombre o Razón Social: "Romanella SpA". Objeto: El objeto de la Sociedad es (i) la compra, venta, importación, exportación, diseño, fabricación, distribución y comercialización de toda clase de bienes muebles, sea por cuenta propia o ajena, al por mayor o al detalle, a través de tiendas propias o ajenas, por internet o de cualquier otra forma; (ii) en general, ejecutar y celebrar todos los actos y contratos que los socios estimen necesarios o convenientes para tales objetivos; (iii) Para los efectos señalados anteriormente, la Sociedad podrá ejecutar, administrar y usar a cualquier título bienes muebles e inmuebles, como también ejecutar los actos y celebrar los contratos necesarios que tiendan directa o indirectamente al cumplimiento del objeto social; (iv) Realizar todo tipo de actividades de asesoramiento empresarial y gestión; (v) las inversiones en bienes corporales o incorporales, sean muebles o inmuebles, adquirirlos, explotarlos, administrarlos, comercializarlos, enajenarlos y darlos en arriendo, percibir e invertir sus fruto; (vi) además, la sociedad podrá asociarse con empresas similares o administrarlas y tomar la representación de personas naturales o jurídicas, sean nacionales o extranjeras, públicas o privadas en la celebración o ejecución de toda clase de actos y contratos, para la obtención de rentas o beneficios provenientes de toda clase de inversiones mobiliarias o inmobiliarias, incluyendo transacciones o inversiones en acciones, derechos sociales, bonos, debentures y efectos de comercio; (vii) la participación o administración a cualquier título en sociedades, comunidades o asociaciones de cualquier naturaleza que tengan relación con sus actividades; (viii) En general, la sociedad podrá contraer toda clase de obligaciones y realizar cualquier otra actividad o negocio que los socios acuerden llevar a efecto sin necesidad de modificar el pacto social y que permitan un mejor aprovechamiento de la organización de esta sociedad, sin limitación alguna; y en general, la realización de todos los actos y contratos conducentes al giro social. Capital: El capital de la sociedad asciende al monto de $1.500.000. Dividido en 1.500 acciones ordinarias y sin valor nominal, que se encuentra suscrito que se encuentra suscrito y por pagar en el plazo y forma que se expresa en el Artículo Noveno de la escritura de constitución. Se facultó al portador de este extracto para legalización. Santiago, 13 de mayo del año 2022.-