MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inversiones Camino del Inca Limitada

RUT 76199202-3 CVE 2131319
Capital
$10.000 CLP
Fecha instrumento
2 de mayo de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
2 de mayo de 2022
Notario
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
Trigésima Sexta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$10.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en calle La Concepción N°65, piso 2, comuna de Providencia, Santiago, certifico que: por escritura pública de fecha 2 de mayo de 2022, ante mí, don Jorge Felipe Ergas Heymann, Nueva Violeta SpA y Violeta SpA, todos domiciliados en calle Alonso de Córdova N° 2860, piso 6, Vitacura, Santiago; y Brick SpA, domiciliada en Av. Vitacura 6844, piso 7, Vitacura, Santiago, modificaron la sociedad “Inversiones Camino del Inca Limitada”, inscrita a fojas 10.943 N° 7.677 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2012 en el siguiente sentido: 1) Dejar constancia de la división de la socia Violeta SpA y de la asignación a la sociedad que nació de la división, Nueva Violeta SpA, de la inversión que Violeta SpA tenía en Inversiones Camino del Inca Limitada. 2) En consecuencia, quedan como socios de Inversiones Camino del Inca Limitada, don Jorge Felipe Ergas Heymann, Nueva Violeta SpA y Brick SpA. 3) Enseguida, Brick SpA, vende, cede y transfiere a Nueva Violeta SpA, la totalidad de su participación en Inversiones Camino del Inca Limitada equivalente al 50% de participación en el capital y derechos sociales. 4) En consecuencia se modifica el Artículo Quinto del estatuto social, reemplazándolo por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: CAPITAL SOCIAL. El capital de la sociedad es la suma de $10.000, íntegramente aportado y enterado en la siguiente forma: A) NUEVA VIOLETA SpA aporta la suma de $7.991, equivalentes al 79,91% de los derechos sociales, suma pagada íntegramente con anterioridad a esta fecha; y B) JORGE FELIPE ERGAS HEYMANN aporta la suma de $2.009, equivalentes al 20,09% de los derechos sociales, suma pagada íntegramente con anterioridad a esta fecha.”. Los socios declaran que mantienen la limitación de responsabilidad hasta el monto de sus aportes. En todo lo no modificado, rigen plenamente los estatutos de la sociedad. Santiago, 18 de mayo de 2022. .