INTEGRA USA SpA
Instrumento
- Fecha
- 13 de mayo de 2022
- Notario
- ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, titular de la 36° Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción N° 65, piso 2, Providencia, certifica: Por escritura pública de fecha 13 de mayo de 2022, ante mí; se redujo a escritura pública el Acta Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad INTEGRA USA SpA, celebrada ante mí con fecha 10 de mayo de 2022. En dicha Junta se acordó, por unanimidad, modificar los estatutos de la sociedad en el siguiente sentido: Se reemplaza íntegramente el Artículo Tercero de los estatutos sociales, por el siguiente: “ARTÍCULO TERCERO: La Sociedad tendrá por objeto la obtención de rentas de capitales mobiliarios que provengan tanto de Chile como del exterior, en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, de aquellas a que se refiere el artículo veinte número dos de la Ley sobre Impuesto a la Renta, esto es, la obtención de intereses, pensiones o cualquier otro producto derivado del dominio, posesión o tenencia a título de precario de cualquier clase de capitales mobiliarios, sea cual fuere su denominación. La Sociedad podrá obtener rentas de la realización de toda clase de inversiones en Chile como en el exterior en pesos chilenos o en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, sea en bienes muebles, corporales o incorporales, en todo tipo de efectos de comercio, en derechos en todo tipo de sociedades constituidas en el extranjero, ya sea concurriendo en su formación o adquiriendo derechos en ellas una vez constituidas; de la administración de tales inversiones en moneda extranjera, y percibir todos los frutos provenientes de éstas, y en general de todo otro acto, contrato, negocio, actividad o industria que los accionistas acuerden realizar en Chile y el extranjero; bonos y debentures o títulos de crédito; cuotas de fondos de cualquier tipo; créditos de cualquier clase; dividendos y demás beneficios derivados del dominio, posesión o tenencia a cualquier título de acciones de sociedades anónimas chilenas o extranjeras; depósitos en dinero, a la vista o a plazo; cauciones en dinero; contratos de renta vitalicia e instrumentos de deuda de oferta pública”. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 18 de mayo de 2022.