MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ENERGIA SEGURA LIMITADA

RUT 76412901-6 CVE 2130943
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
20 de abril de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
20 de abril de 2022
Repertorio
1678/2022
Notario
LINDA SCARLETT BOSCH JIMÉNEZ
Oficio
20º Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LINDA SCARLETT BOSCH JIMÉNEZ, abogado, Notario Público Titular 20º Notaría de Santiago, Avenida Apoquindo N° 4990, Las Condes, Santiago, CERTIFICO:- Por escritura pública hoy,20 de abril de 2022 ante mí, Repertorio N° 1678/2022, ALDO SEGURA SEGURA, chileno, casado y separado de bienes, Contador Auditor, cédula de identidad Nro 6.643.932-1; AGUSTINA DE LA CRUZ SOTO NAVARRETE,chilena, casada y separada de bienes, Contador Auditor, cédula de identidad Nro 6.385.879-K; CLAUDIA AGUSTINA SEGURA SOTO, chilena, casada y separada de bienes, Arquitecto, cédula de identidad Nro. 16.019.271-2 y CAROLINA ANDREA SEGURA SOTO, chilena, casada y separada de bienes, Ingeniero Agrónomo, cédula de identidad Nro. 16.936.431-1 todos domiciliados esta ciudad, Antonio Varas N°175, ofic.707, Providencia; modificaron “AGRICOLA ANTONIO VARAS LIMITADA”, Rut Nro 76.412.901-6, cuyo nombre de fantasía es “AGROVARAS LTDA”, constituída con un capital de $1.000.000, por escritura pública de 02 de septiembre de 2014, ante mí, cuyo extracto se inscribió a fojas 69.946 Número 42.655 en Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2014 y se publicó Diario Oficial de fecha 25 de septiembre de 2014, en sentido siguiente:- 1) Socios acuerdan modificar la razón social de AGRICOLA ANTONIO VARAS LIMITADA; y su nombre de fantasía “AGROVARAS LTDA”. Sustituyéndo su razón social a la de ENERGIA SEGURA LIMITADA y su nombre de fantasía a ENERGISEG LTDA.2) Se acuerda establecer que el objeto de la sociedad será: El desarrollo del negocio de la energía, sea eléctrica o de cualquier otra naturaleza o proveniente de cualquier fuente, en cualquiera de sus formas, variantes, alternativas de desarrollo y etapas de desenvolvimiento. En especial: a) Explotar la generación, transmisión, compra, distribución y venta de energía eléctrica o de cualquiera otra naturaleza; b) Obtener, transferir, comprar, arrendar, Gravar y en general explotar en cualquier forma las concesiones a que se refiere la Ley General de Servicios Eléctricos, provenientes de cualquier fuente energética, y asimismo los derechos de aprovechamiento de aguas de cualquier naturaleza; c) La prestación por cuenta propia o ajena de toda clase de servicios profesionales y asesorías vinculadas al negocio eléctrico, ya sea en las áreas de la ingeniería e investigación científica, en materias económicas, financieras, de administración, de comercio exterior, mercadotecnia y publicidad; como asimismo la distribución, comercialización, importación y exportación de dichos servicios; d) Para los efectos de lo señalado precedentemente, podrá organizar y constituir sociedades de cualquier naturaleza, cuyos objetos estén relacionados o vinculados con la energía en cualquiera de sus formas o con el suministro de servicios públicos o que tengan como insumo principal la energía, o bien que correspondan a cualquiera de las actividades definidas precedentemente; y e) En general, todas aquellas actividades relacionadas directa o indirectamente con las anteriores y que acordaren los socios..- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 20 de abril de 2022.- .