MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

TRES TORRES SpA

RUT 76246947-2 CVE 2129554
Capital
$6.000.000 CLP
Fecha instrumento
12 de septiembre de 2012
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
12 de septiembre de 2012
Notario
RODRIGO SOTOMAYOR GRAEPP
Oficio
Cuadragésima Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$6.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RODRIGO SOTOMAYOR GRAEPP, Notario Público, Cuadragésima Notaría de Santiago, Suplente del Titular ALBERTO MOZO AGUILAR, Teatinos 332, certifico: Por escritura pública de hoy, ante mí, PABLO ANDRÉS CARMONA TORRES, cédula de identidad número 13.699.130-2, domiciliado en calle San Luis N° 7.475, comuna de La Cisterna, Región Metropolitana, modifica sociedad por acciones “TRES TORRES SpA”, Rut N° 76.246.946-2, constituida por escritura pública de fecha 12 de septiembre de 2012, Notaría MARÍA GLORIA ACHARÁN TOLEDO, inscrita a fojas 72.279 Nº 50.215, del Registro de Comercio de Santiago del año 2012; modificada por escritura pública de fecha 19 de diciembre de 2016, Notaría Juan Ricardo San Martín Urrejola, inscrita a fojas 97.901 N° 53.824, del Registro de Comercio de Santiago del año 2016; y finalmente transformada en sociedad por acciones, por escritura pública de fecha 26 de diciembre de 2017, teniendo como nueva razón social la de TRES TORRES SpA, Notaría Myriam Amigo Arancibia, inscrita a fojas 99.329 N° 53.573, del Registro de Comercio de Santiago del año 2017, cuyo capital social es de $6.000.000, en siguientes sentidos: Se modifica el artículo decimoquinto de los estatutos sociales relativo a la administración de la sociedad, revocando todos los poderes conferidos a don JUAN PATRICIO ARRIAGADA TORRES e incorporar como nuevo administrador de la sociedad a don PABLO ANDRÉS CARMONA TORRES. En consecuencia, la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don PABLO ANDRÉS CARMONA TORRES, quien anteponiendo la razón social a su firma la obligará y representará con las más amplias facultades, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza que se relacionen directa o indirectamente con el giro social, sin limitación alguna, con todas y cada una de las facultades conferidas en la escritura de transformación de la sociedad de fecha veintiséis de diciembre de dos mil diecisiete, las que se dan por íntegramente reproducidas. En lo no modificado, continúa con plena vigencia el pacto social. Santiago, 09 de mayo de 2022.