Inversiones Quebradilla Dos Limitada
Instrumento
- Fecha
- 3 de mayo de 2022
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $160.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHUMBERTO PRIETO CONCHA, Abogado, Notario Suplente, del Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, de don JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, con oficio en calle Huérfanos número ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, comuna de Santiago, certifica: por escritura pública otorgada, el titular, con fecha 3 de mayo de 2022, Ximena María Joannon Campos, Cristián Raúl Sáez Astaburuaga, Cristián Sáez Joannon, Blanca Sáez Joannon, Josefa Sáez Joannon, Victoria Sáez Joannon y Mercedes María Sáez Joannon, todos domiciliados en El Golf 99, piso 4, Las Condes, modificaron la sociedad Inversiones Quebradilla Dos Limitada, inscrita a fojas 99.422 número 45.927 del Registro de Comercio de Santiago del año 2021, en adelante la “Sociedad”, por la cual: 1) Ximena María Joannon Campos, Cristián Raúl Sáez Astaburuaga, Cristián Sáez Joannon, Blanca Sáez Joannon, Josefa Sáez Joannon y Victoria Sáez Joannon, en su calidad de únicos y actuales socios de la Sociedad, acordaron de forma unánime la incorporación de Mercedes María Sáez Joannon como socia de la Sociedad; 2) Se aumentó el capital de la Sociedad desde la cantidad de $160.000.000 a la cantidad de $199.200.000, esto es, en la cantidad de $39.200.000, el cual es aportado íntegramente por Mercedes María Sáez Joannon, quien lo pagará, en dinero o en especies, dentro del plazo de 5 años contados desde la fecha de la escritura extractada. (3) En razón de lo anterior, Ximena María Joannon Campos, Cristián Raúl Sáez Astaburuaga, Cristián Sáez Joannon, Blanca Sáez Joannon, Josefa Sáez Joannon, Victoria Sáez Joannon y Mercedes María Sáez Joannon, en su calidad de únicos y actuales socios de la Sociedad, acordaron reemplazar el artículo quinto sus estatutos, relativo al capital social, por el siguiente: “Artículo Quinto: El capital de la sociedad es la cantidad de ciento noventa y nueve millones doscientos mil pesos, que los socios aportan y pagarán en las siguientes proporciones: i) doña Ximena María Joannon Campos aporta la cantidad de un millón seiscientos mil pesos, equivalentes al cero coma ocho ciento del capital e interés social, que pagará, en dinero o en especies, en el plazo de cinco años contados desde el trece de diciembre de dos mil veintiuno; ii) don Cristián Raúl Sáez Astaburuaga aporta la cantidad de un millón seiscientos mil pesos, equivalentes al cero coma ocho por ciento del capital e interés social, que pagará, en dinero o en especies, en el plazo de cinco años contados desde el trece de diciembre de dos mil veintiuno; iii) don Cristián Sáez Joannon aporta la cantidad de treinta y nueve millones doscientos mil pesos, equivalentes al diecinueve coma sesenta y ocho por ciento del capital e interés social, que pagará, en dinero o en especies, en el plazo de cinco años contados desde el trece de diciembre de dos mil veintiuno; iv) doña Blanca Sáez Joannon aporta la cantidad de treinta y nueve millones doscientos mil pesos, equivalentes al diecinueve coma sesenta y ocho por ciento del capital e interés social, que pagará, en dinero o en especies, en el plazo de cinco años contados desde el trece de diciembre de dos mil veintiuno; v) doña Josefa Sáez Joannon aporta la cantidad de treinta y nueve millones doscientos mil pesos, equivalentes al diecinueve coma sesenta y ocho por ciento del capital e interés social, que pagará, en dinero o en especies, en el plazo de cinco años contados desde el trece de diciembre de dos mil veintiuno; vi) doña Victoria Sáez Joannon aporta la cantidad de treinta y nueve millones doscientos mil pesos, equivalentes al diecinueve coma sesenta y ocho por ciento del capital e interés social, que pagará, en dinero o en especies, en el plazo de cinco años contados desde el trece de diciembre de dos mil veintiuno; y vii) doña Mercedes María Sáez Joannon aporta la cantidad de treinta y nueve millones doscientos mil pesos, equivalentes al diecinueve coma sesenta y ocho por ciento del capital e interés social, que pagará, en dinero o en especies, en el plazo de cinco años contados desde el tres de mayo de dos mil veintidós.”. Demás estipulaciones constan en escritura pública extractada. Santiago, 11 de mayo del año 2022.