INVERSIONES SANTA MARIA DEL NORTE SpA
Instrumento
- Fecha
- 14 de febrero de 1822
- Notario
- NICOLAS ARRIETA CONCHA
- Oficio
- Sexta Notaría Antofagasta
- Comuna
- Antofagasta
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalNICOLAS ARRIETA CONCHA, Abogado, Notario Publico Titular Sexta Notaría Antofagasta, con domicilio en Antofagasta, calle Prat N° 470, local 3, certifica: que por escritura hoy, ante mí, JUAN CARLOS BUSTOS ESPINOSA, abogado, washington 2562, oficina 306, Antofagasta, en representación de JUAN CARLOS MIRANDA ARÁNGUIZ, factor de comercio y de FRESIA DEL CARMEN MORENO VILLAFAÑA, empresaria, ambos domiciliados 14 de Febrero 1822, local 16, esta ciudad, rectificó escritura pública de transformación y división de la firma SOCIEDAD DE INVERSIONES DE MIRANDA LIMITADA, Rut número 77.916.160-9, constituida escritura pública 14 marzo 2003 notaría Antofagasta de doña María Soledad Santos Muñoz, extracto inscrito 24 marzo 2003 a fojas 231 vuelta, número 163, en Registro Comercio del Conservador de Comercio de Antofagasta y se publicó Diario Oficial edición 2 abril mismo año, otorgada el 18 de marzo de 2022 misma notaría, que en extracto se inscribió el 24 marzo 2022 a fojas 253, número 173, en Registro de Comercio del Conservador de Comercio de Antofagasta y se publicó en el Diario Oficial de edición 24 de marzo mismo año, en los siguientes sentidos: 1) se sustituyó letra h) de la cláusula tercera del estatuto de la sociedad dividida por la que se expresa a continuación: “h) una utilidad provisoria del periodo de una suma de nueve millones ciento ochenta y tres mil ochocientos cuarenta y tres pesos. Producto de la división la sociedad disminuirá su patrimonio en cuatrocientos setenta y tres millones novecientos noventa y tres mil ochocientos cincuenta y cinco pesos, cantidad que se asignará a la nueva firma INVERSIONES SANTA MARÍA DEL NORTE SpA. La sociedad mantendrá el nombre y número de Rol Único Tributario, y modificará su objeto social, adecuándolo al giro exclusivo de inversiones, y producto de la disminución tendrá un capital social de dos millones cuatrocientos veintisiete mil seiscientos pesos, dividido en dos mil cuatrocientos veintiocho acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. Los accionistas expresan que para todos los efectos derivados o accesorios a los acuerdos de deciden por este instrumento, así como para la valoración de los bienes, derechos y obligaciones que integran el patrimonio social y que se asignan a la sociedad por acciones que nace de la división, entre otros, las partes convienen en aprobar el balance elaborado por el auditor don Patricio Sandoval Del Canto al día treinta y uno de diciembre de dos mil veintiuno, que determina el patrimonio contable financiero, el que se deberá protocolizar ante el mismo Notario Publico que autoriza esta escritura pública bajo el mismo número de Repertorio. También expresan que la sociedad inmobiliaria que nace de esta división podrá mantener en forma separada el valor tributario de los activos que se les asignan con la finalidad de considerarlos por ese valor para el cumplimiento de las obligaciones tributarias que les afecten”; 2) se reemplazó el artículo quinto de los estatutos de la sociedad dividida por la siguiente: “ARTICULO QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de dos millones cuatrocientos veintisiete mil seiscientos pesos, dividido en dos mil cuatrocientos veintiocho acciones nominativas, sin valor nominal, que se suscriben y pagan en la forma que se establece en el artículo primero transitorio de estos estatutos. Las acciones de la sociedad serán emitidas sin imprimir láminas físicas de dichos títulos”; 3) se sustituyó artículo quinto del Título II de los estatutos de la nueva sociedad INVERSIONES SANTA MARÍA DEL NORTE SpA por el que se expresa a continuación: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de quinientos setenta y dos mil cuatrocientos pesos, dividido en quinientas setenta y dos acciones nominativas, sin valor nominal, que se suscriben y pagan en la forma que se establece en el artículo primero transitorio de estos estatutos. Las acciones de la sociedad serán emitidas sin imprimir láminas físicas de dichos títulos.” Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Antofagasta 11 de mayo de 2022.