INMOBILIARIA TAIWAN CLUB S.A.
Instrumento
- Fecha
- 31 de marzo de 2022
- Notario
- MÓNICA ANDREA GÓMEZ PINO
- Domicilio
- Iquique
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMÓNICA ANDREA GÓMEZ PINO, abogada, Notario Público Iquique, Suplente de la Titular MARÍA ANTONIETA NIÑO DE ZEPEDA PARRA, Aníbal Pinto 555, certifica que por escritura pública hoy ante mí: se redujo a escritura pública, ACTA JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS INMOBILIARIA TAIWAN CLUB S.A., inscrita a fs. 386 vta., N° 364 Registro Comercio Conservador de Bienes Raíces de Iquique año 1999, celebrada el 31 de Marzo de 2022, con asistencia de la Notario Suplente de mi oficio doña Carolina Andrea Urriola Ramos, como consecuencia del acuerdo adoptado en dicha junta, se modifican los estatutos sociales de la siguiente manera: (i) Se reemplaza el artículo décimo primero permanente por el siguiente: “ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO: El directorio de la Sociedad estará compuesto por tres miembros que durarán tres años en sus funciones. La renovación del directorio será total y se efectuará al final de su periodo. Los directores podrán ser reelegidos indefinidamente en sus funciones.”; (ii) Se reemplaza el artículo décimo segundo permanente por el siguiente: “ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO: Conjuntamente con los directores titulares se podrán elegir tres directores suplentes, uno por cada titular, por el mismo periodo, los que podrán participar en las sesiones del directorio sólo con derecho a voz. En caso de ausencia o impedimento temporal de un director titular será reemplazado transitoriamente por su suplente, con los mismos derechos y facultades del titular.”; (iii) Se reemplaza el artículo décimo tercero permanente por el siguiente: “ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO: No se requerirá la calidad de accionista para ser director.”; (iv) Se reemplaza el artículo décimo quinto permanente por el siguiente: “ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO: En la primera sesión posterior a la Junta en que se haya efectuado su elección, el directorio elegirá de entre sus miembros un Presidente, un Vicepresidente y un Secretario; se otorgará su reglamento de sala y fijará la periodicidad de sus sesiones, las que no podrán ser menos de tres en el año a intervalos regulares. La primera sesión del Directorio deberá efectuarse dentro de los treinta días siguientes a la Junta de Accionistas en que se efectuó su elección. Las sesiones serán en los días y horas que el directorio determine y no requerirán de citación especial. Podrá reunirse en sesiones extraordinarias cuando las cite, especialmente, el Presidente, por sí, o a indicación de uno o más directores, previa calificación que el Presidente efectúe de la necesidad de la reunión, salvo que esta sea solicitada por la mayoría absoluta de los directores, caso en el cual deberá, necesariamente, celebrarse la sesión, sin calificación previa. En estas sesiones extraordinarias sólo podrán tratarse las materias que se señalen específicamente en la convocatoria.”; y (v) Se reemplaza el artículo décimo sexto permanente por el siguiente: “ARTÍCULO DÉCIMO SEXTO: El directorio ejercerá sus funciones en sala legalmente constituida, con la concurrencia de la mayoría absoluta del número de directores establecidos en los estatutos y los acuerdos se adoptarán por la mayoría absoluta de los directores asistentes con derecho a voto. En caso de empate decidirá el voto de quien presida la reunión.”. Demás estipulaciones en escritura extractada. En Iquique, 8 de Abril de 2022.-